{"id":2204,"date":"2020-03-19T14:16:06","date_gmt":"2020-03-19T18:16:06","guid":{"rendered":"http:\/\/revistajuridica.uprrp.edu\/inrev\/?p=2204"},"modified":"2020-03-19T14:16:06","modified_gmt":"2020-03-19T18:16:06","slug":"doble-sufrimiento-mujeres-victimas-de-violencia-domestica-ante-ejecuciones-de-hipotecas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2020\/03\/19\/doble-sufrimiento-mujeres-victimas-de-violencia-domestica-ante-ejecuciones-de-hipotecas\/","title":{"rendered":"Doble Sufrimiento: Mujeres v\u00edctimas de violencia dom\u00e9stica ante ejecuciones de hipotecas"},"content":{"rendered":"\n\t\t\t\t\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>COMENTARIO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por: Orlandy Cabrera<\/strong> <strong>Valent\u00edn<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Introducci\u00f3n <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Inicialmente, bajo el proyecto de Constituci\u00f3n redactado por la Convenci\u00f3n Constituyente, se elevaba a rango constitucional el derecho a una vivienda. Hoy d\u00eda dicha disposici\u00f3n no existe en nuestra Carta Magna, pero la Asamblea Legislativa, en su inter\u00e9s de proteger la familia y fomentar la adquisici\u00f3n de propiedades residenciales, ha estatuido en gran medida dicho derecho en diversas piezas legislativas como la <em>Ley del Derecho a la Protecci\u00f3n del Hogar Principal y el Hogar Familiar<\/em>, mejor conocida como \u201cHogar Seguro\u201d. Sin embargo, esta ley va encaminada a impedir la venta por sentencia judicial, del hogar principal de un deudor por no haber satisfecho cualquier obligaci\u00f3n contractual. En ese sentido, este derecho estatutario es uno irrenunciable, excepto en casos donde \u201c[s]e obtenga una hipoteca, que grave la propiedad protegida\u201d.[efn_note]Ley del Derecho a la Protecci\u00f3n del Hogar Principal y el Hogar Familiar, Ley N\u00fam. 195-2011, 31 LPRA \u00a7 1858a. [\/efn_note]\n\n\n\n<p>En Puerto Rico, la mayor\u00eda de las familias que tienen el dominio sobre la residencia que habitan, o que son due\u00f1os de la propiedad, adquirieron dicho derecho al efectuar un contrato de pr\u00e9stamo con una garant\u00eda hipotecaria sobre dicha residencia. Esto quiere decir que en caso de que se incumpla con el pago mensual del pr\u00e9stamo, el acreedor hipotecario, enti\u00e9ndase la instituci\u00f3n financiera (el banco en la mayor\u00eda de los casos), puede ejecutar (vender en p\u00fablica subasta) el hogar hipotecado, aunque la persona sea due\u00f1a de la propiedad o la misma le pertenezca a otro individuo.&nbsp; <\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, influenciados por una sociedad capitalista y enfocada al consumismo acelerado de bienes y servicios, es normal que durante ese proceso, tanto personas naturales como entidades jur\u00eddicas, se encuentren&nbsp; en una situaci\u00f3n complicada de no tener los recursos suficientes para cumplir con sus obligaciones. Esto a su vez repercute en incumplimientos contractuales y consecuencias nocivas para dicho deudor como, por ejemplo, la p\u00e9rdida de una propiedad por medio de una ejecuci\u00f3n hipotecaria. En una econom\u00eda fuerte, robusta y creciente este tropiezo en el camino no debe representar el fin, sino un obst\u00e1culo que puede ser superado al incursionar nuevamente en el mercado laboral donde se tiene la posibilidad de recuperar la estabilidad econ\u00f3mica para as\u00ed contraer nuevas obligaciones contractuales cuya garant\u00eda puede ser asegurada. <\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, pues, en un pa\u00eds donde tanto el crecimiento como el desarrollo econ\u00f3mico no van en aumento, sino que en picada, es casi imposible recuperarse de un golpe econ\u00f3mico que impide continuar efectuando transacciones econ\u00f3micas de bienes y servicios. Con relaci\u00f3n a ello, se ha dicho que \u201c[l]a econom\u00eda de Puerto Rico lleva trece a\u00f1os en recesi\u00f3n (desde el 2006), el empleo ha ca\u00eddo casi por 21.6% y la inversi\u00f3n bruta de capital fijo por m\u00e1s de 24.5%\u201d.[efn_note]Nicolemarie Pe\u00f1a Cartagena, <em>An\u00e1lisis de la doctrina rebus sic stantibus a la luz de las decisiones de los tribunales y la modificaci\u00f3n de los contratos en ciclos econ\u00f3micos<\/em>, 88 Rev. Jur. UPR 540, 547 (2019).  [\/efn_note] Por consiguiente \u201c[la]econom\u00eda de Puerto Rico se encuentra en un estancamiento secular, la mayor\u00eda de los indicares econ\u00f3micos importantes han estado contray\u00e9ndose o estancados desde el 2006\u201d.[efn_note]<em>Id<\/em>., en la p\u00e1g. 549. [\/efn_note] Sosteniendo la proposici\u00f3n anterior, \u201c[s]eg\u00fan datos del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico (BGF) para los a\u00f1os fiscales del 2006 hasta el 2016 el PNB se contrajo en -15.9%, es decir, hubo un decrecimiento de la econom\u00eda\u201d.[efn_note]<em>Id<\/em>.  [\/efn_note]\n\n\n\n<p>A ra\u00edz de esta realidad econ\u00f3mica por la que atraviesa la Isla, es entendible que las ejecuciones de hipoteca aumenten con el pasar del tiempo. Sin embargo, este aumento ha sido desproporcional y sin precedentes durante los \u00faltimos dos a\u00f1os. En ese sentido, los medios de comunicaci\u00f3n destacaron que \u201c[l]a organizaci\u00f3n, luego de haber realizado un an\u00e1lisis exhaustivo sobre el panorama hipotecario en la isla, determin\u00f3 que en la actualidad existen m\u00e1s de 250,260 viviendas en riesgo de ser ejecutadas por las instituciones financieras del pa\u00eds\u201d. [efn_note]<em>Id<\/em>.  [\/efn_note] Seg\u00fan el Proyecto para la Prevenci\u00f3n de Ejecuciones de Hipotecas, esta cifra elevada se debe no tan solo a la incapacidad de los deudores hipotecarios para cumplir con su prestaci\u00f3n contractual mensual, producto del impacto directo e indirecto de los huracanes, sino tambi\u00e9n por la falta de una adecuada asesor\u00eda que desemboca a que \u201c[l]a gran mayor\u00eda de las personas . . . se intimid[e]n ante los procesos bancarios, sient[a]n verg\u00fcenza y descono[z]can los derechos que le asisten, antes, durante y despu\u00e9s de un proceso de ejecuci\u00f3n hipotecaria\u201d.[efn_note]MICROJURIS, <em>Derecho a tu casa publica libro digital para prevenci\u00f3n de ejecuciones de hipoteca<\/em>, (13 de enero de 2018), https:\/\/aldia.microjuris.com\/2018\/01\/13\/derecho-a-tu-casa-publica-libro-digital-para-prevencion-de-ejecuciones-de-hipoteca\/.  [\/efn_note]\n\n\n\n<p><strong>I.<\/strong> <strong>Dualismo tortuoso<\/strong>:<strong> Violencia dom\u00e9stica y ejecuci\u00f3n de hipoteca<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de ese c\u00famulo de personas que se est\u00e1n viendo afectadas ante la inminente ejecuci\u00f3n judicial de su propiedad, se encuentran las mujeres v\u00edctimas de violencia dom\u00e9stica. Como es sabido, \u201c[l]a violencia dom\u00e9stica es un patr\u00f3n de conducta donde se emplea la fuerza f\u00edsica, el maltrato psicol\u00f3gico, la agresi\u00f3n sexual, la intimidaci\u00f3n o la persecuci\u00f3n contra una persona por parte de su pareja o ex-pareja\u201d.[efn_note]Oficina de la Procuradora de las Mujeres, <em>Violencia Dom\u00e9stica<\/em>, http:\/\/www.mujer.pr.gov\/ViolenciaDomestica\/Pages\/default.aspx, (\u00faltima visita 29 de octubre de 2019).  [\/efn_note] En ese sentido, este tipo de conducta antisocial \u201c[v]iola los derechos humanos de sus v\u00edctimas y constituye un delito, seg\u00fan las leyes de Puerto Rico\u201d.[efn_note]<em>Id<\/em>. [\/efn_note] Seg\u00fan las estad\u00edsticas de la Polic\u00eda de Puerto Rico y como puede apreciarse en la Tabla 1, para el mes de enero de 2019 hubo 563 casos de violencia dom\u00e9stica de los cuales 466 fueron contra el g\u00e9nero femenino. Para el mes de febrero de este mismo a\u00f1o hubo un total de 550 casos de violencia domestica de los cuales 452 fueron contra la mujer. As\u00ed mismo, para el mes de marzo 551 seres humanos fueron v\u00edctima de esta despreciable conducta comprendiendo 467 mujeres en total.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tabla 1<\/strong>: Estad\u00edsticas del 1 de enero de 2019 al 31 de marzo de 2019.[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> POLICIA DE PUERTO RICO, <em>Estad\u00edsticas sobre Violencia Dom\u00e9stica<\/em>, https:\/\/policia.pr.gov\/estadisticas-de-violencia-domestica\/#1558725940803-63c63736-1535, (\u00faltima visita 30 de octubre de 2019). [\/efn_note]\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table class=\"\"><tbody><tr><td class=\"has-text-align-left\" data-align=\"left\">\n  Mes\n  <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  Cantidad Total Incidentes VD Femenino\n  <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  Cantidad Total Incidentes VD Masculino\n  <\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-left\" data-align=\"left\">Enero 2019   <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  466\n  <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  97\n  <\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-left\" data-align=\"left\">Febrero 2019   <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  452\n  <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  98\n  <\/td><\/tr><tr><td class=\"has-text-align-left\" data-align=\"left\">Marzo 2019   <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  467\n  <\/td><td class=\"has-text-align-center\" data-align=\"center\">\n  84\n  <\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p><br><\/p>\n\n\n\n<p>Como vemos, el fen\u00f3meno de la violencia dom\u00e9stica es uno que no s\u00f3lo se manifiesta en el g\u00e9nero femenino, sino que tambi\u00e9n se deja sentir en el g\u00e9nero masculino. Sin embargo, su mayor incidencia es contra las mujeres. Se ha dicho que \u201c[l]a violencia contra la mujer en las relaciones de pareja es un problema social que afecta a miles de mujeres en todo el mundo\u201d.[efn_note]Marisol Lila, <em>Investigaci\u00f3n e Intervenci\u00f3n en Violencia contra la Mujer en las Relaciones de Pareja<\/em>, 19-II Psychosocial Intervention 105 (2010).  [\/efn_note] Ahora bien, anteriormente mencionamos que este patr\u00f3n de conducta no se ci\u00f1e \u00fanicamente a la violencia f\u00edsica, sino tambi\u00e9n a violencia psicol\u00f3gica, sexual, intimidaci\u00f3n y entre otras. En ese sentido, en los \u00faltimos a\u00f1os se ha desarrollado en Puerto Rico una nueva modalidad de violencia dom\u00e9stica contra la mujer. Con ello nos referimos, a la pr\u00e1ctica del c\u00f3nyuge var\u00f3n (en su mayor\u00eda) de lastimar a su pareja al no pagar la hipoteca de la casa de manera que resulta en la ejecuci\u00f3n de la propiedad. En ese sentido, la violencia contra la mujer en el \u00e1mbito de la pareja es \u201c[l]a forma de violencia m\u00e1s com\u00fan que experimentan las mujeres en todo el mundo\u201d.[efn_note]Antonio Jes\u00fas Yugueros Garc\u00eda, <em>La violencia contra las mujeres: conceptos y causas<\/em>, 18 Revista Castellano-Manchega de Ciencias Sociales, 147, 151 (2014).  [\/efn_note] Antes de continuar, debemos destacar que existen otras variantes de violencia que padecen las mujeres. As\u00ed, pues, y a manera de ejemplo existe la violencia contra la mujer dentro de la familia, dentro de la comunidad, la contenido o tolerada por el Estado y la suscitada en conflictos armados.[efn_note]<em>Id<\/em>., en las p\u00e1gs. 152-53.  [\/efn_note]\n\n\n\n<p>A tenor con ello, \u201cmuchos de los casos de violencia comienzan en medio de la crisis econ\u00f3mica matrimonial que desemboca en una ejecuci\u00f3n\u201d.[efn_note]Aixa Sep\u00falveda, <em>Ejecuciones hipotecarias afectan m\u00e1s a las mujeres<\/em>, Noticel (14 de septiembre de 2019), https:\/\/www.noticel.com\/economia\/ejecuciones-hipotecarias-afectan-mas-a-las-mujeres\/1120762540.  [\/efn_note] En la mayor\u00eda de los casos la mujer depende econ\u00f3micamente del hombre y tras el divorcio, el marido utiliza dicha dependencia para hacer da\u00f1o a su pareja haciendo que la misma se enfrente <em>sola<\/em> ante un monstro corporativo sin sensibilidad que lo \u00fanico que busca es recuperar su dinero, aunque sea acosta de la dignidad de una persona. En afirmaci\u00f3n a lo anterior, se ha dicho que \u201c[t]he majority of women remain economically dependent. A woman&#8217;s intellectual and social possibilities are conditioned primarily by her husband&#8217;s income.\u201d[efn_note]Charles Zueblin, <em>The Effect on woman of Economic Dependence<\/em>, American Journal of Sociology, Vol 14, No. 5, 608 (Mar. 1909), https:\/\/www.jstor.org\/stable\/pdf\/2762638.pdf?refreqid=excelsior%3A5388778d8f1b55bb3119fec8dc6ce927. [\/efn_note] M\u00e1s a\u00fan:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>Gender disparities in poverty are rooted in inequalities in access to economic resources. In many countries, women continue to be economically dependent on their spouses. Lower proportions of women than men have their own cash income from labour as a result of the unequal division of paid and unpaid work. In developing countries, statutory and customary laws continue to restrict women\u2019s access to land and other assets, and women\u2019s control over household economic resources is limited. In nearly a third of developing countries, laws do not guarantee the same inheritance rights for women and men, and in an additional half of countries discriminatory customary practices against women are found. Moreover, about one in three married women from developing regions has no control over household spending on major purchases, and about one in 10 married women is not consulted on how their own cash earnings are spent.[efn_note]UNITED NATIONS, <em>The World&#8217;s Women 2015: Trends and Statistics<\/em>, 14 (2015), https:\/\/unstats.un.org\/unsd\/gender\/downloads\/worldswomen2015_report.pdf.   [\/efn_note]<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Ante esto, las \u201cv\u00edctimas de violencia dom\u00e9stica deben enfrentar al agresor sin que se brinde ning\u00fan tipo de seguridad ni se muestre sensibilidad\u201d.[efn_note]<em>Id.<\/em>  [\/efn_note] En esa l\u00ednea de pensamiento, el Licenciado \u00c1ngel Vel\u00e1zquez indica que en los casos en que el agresor se va de la casa y la v\u00edctima no o cuando es la v\u00edctima es quien abandona el hogar por desesperaci\u00f3n, a\u00fan cuando no tiene d\u00f3nde vivir, ella est\u00e1 sujeta al pago de la hipoteca ya que ambos son deudores solidarios del monto total de la deuda.[efn_note]Jos\u00e9 Vel\u00e1zquez Grau, Estrategias de litigaci\u00f3n en casos de ejecuciones de hipotecas, Convenci\u00f3n Anual del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (13 de septiembre de 2019).  [\/efn_note] De lo anterior expuesto, notamos que esta nueva modalidad no le infringe da\u00f1o f\u00edsico alguno a la mujer, sino que m\u00e1s bien es uno psicol\u00f3gico. En ese sentido, es preciso destacar lo siguiente: <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p> El fin \u00faltimo que pretende conseguir el maltratador con su conducta violenta . . . no es ocasionar unas determinadas lesiones, <em>lo que realmente busca es \u2018aleccionar\u2019 a la mujer, para que quede de forma expresa y clara que \u00e9l es el que mantiene la autoridad en la relaci\u00f3n<\/em>, y determinar la situaci\u00f3n que a ella le corresponde, que no es otra que la subordinaci\u00f3n y sumisi\u00f3n a este hombre.[efn_note]Antonio Jes\u00fas Yugueros Garc\u00eda, <em>supra<\/em>, nota 12, en la p\u00e1g. 151 (\u00e9nfasis suplido). [\/efn_note]<\/blockquote>\n\n\n\n<p>El hombre en estos casos busca demostrar y mantener la autoridad en la relaci\u00f3n t\u00f3xica de pareja. As\u00ed pues, el objetivo principal del agresor en este tipo de modalidad de violencia dom\u00e9stica es someter a la mujer a un estado de trauma psicol\u00f3gico. As\u00ed, pues, en los casos de ejecuciones de hipoteca la mujer, ante la indiferencia de su pareja, se ve atrapada en el dilema de no tan solo sobrellevar las cicatrices dejadas en su piel o esencia como persona, sino tambi\u00e9n de enfrentar ella sola un proceso hipotecario en el cual no se toma en consideraci\u00f3n el trasfondo social, econ\u00f3mico ni emocional de la persona afectada. En ese sentido, seg\u00fan expresiones del Licenciado Vel\u00e1zquez Grau, cuando el ente bancario entabla una demanda y el emplazador notifica a la demandada, le notifica que no se preocupe en buscar un abogado, que mejor se dirija a la divisi\u00f3n legal de la instituci\u00f3n financiera para que la orienten sobre el proceso de <em>loss mitigation<\/em>.[efn_note]<em>Vel\u00e1zquez Grau<\/em>, <em>supra<\/em> nota 14. [\/efn_note] Con la noci\u00f3n de que el banco la iba a ayudar en este proceso, no se contestaba la demanda, se anotaba rebeld\u00eda y en cuesti\u00f3n de semanas llegaba un alguacil del tribunal para ejecutar el proceso de lanzamiento.[efn_note]<em>Id<\/em>.   [\/efn_note]&nbsp;Esta pr\u00e1ctica de ayudar, considerar o requerir documentos adicionales para el proceso de refinanciamiento de la hipoteca, y al mismo tiempo entablar una demanda de ejecuci\u00f3n de hipoteca es lo que se conoce como <em>Dual Tracking<\/em>, pr\u00e1ctica ilegal bajo las leyes federales.[efn_note]12 C.F.R. \u00a7 1024.41.(2019) [\/efn_note]\n\n\n\n<p> Ahora bien, una vez el <em>Dual Tracking<\/em> comienza a ser atacado a nivel federal, las instituciones financieras comienzan a buscar otras alternativas que les ayuden a agilizar el proceso de ejecuci\u00f3n. As\u00ed, pues, entr\u00f3 en juego el proceso de mediaci\u00f3n compulsoria. En ese sentido, antes de la aprobaci\u00f3n de la Ley 38-2019, los bancos o los acreedores hipotecarios requer\u00edan que cada uno de los deudores asistiera a la reuni\u00f3n de mediaci\u00f3n o de lo contrario la misma no se llevaba a cabo.[efn_note]Ley para enmendar el Art\u00edculo 3 de la Ley N\u00fam. 184 de 2012, Ley para la Mediaci\u00f3n Compulsoria y Preservaci\u00f3n de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal, Ley N\u00fam. 38-2019, 32 LPRA \u00a72882 (2017 &amp; Supl. 2019). [\/efn_note] Esto en muchas ocasiones representaba un esfuerzo oneroso para esos deudores ya que algunos se encontraban fuera del pa\u00eds o no ten\u00edan el tiempo para poder asistir a la mediaci\u00f3n. Por otro lado, esto presentaba una ventaja para los agresores de violencia dom\u00e9stica quienes, con el prop\u00f3sito de afectar psicol\u00f3gica y emocionalmente a sus parejas, no asist\u00edan a la reuni\u00f3n de mediaci\u00f3n de manera que el acreedor hipotecario proced\u00eda inmediatamente con la presentaci\u00f3n de la demanda para la ejecuci\u00f3n de la propiedad. A tenor con lo anterior, como la ley no especificaba si se requer\u00eda la comparecencia de todos y cada uno de los deudores, los abogados corporativos utilizaban esa deficiencia jur\u00eddica a su favor para evadir la mediaci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p>Ante estos tecnicismos la Asamblea Legislativa aprueba la Ley 38-2019 la cual subsana ese vac\u00edo jur\u00eddico en la medida en que no requiere la comparecencia de todos los deudores solidarios o de toda la sucesi\u00f3n, sino que basta con que uno de ellos comparezca a la reuni\u00f3n de mediaci\u00f3n con el consentimiento expreso de los dem\u00e1s deudores.[efn_note]<em>Id. <\/em>[\/efn_note] Sin embargo, \u201clas nuevas enmiendas en el proceso de mediaci\u00f3n compulsoria no contemplan las necesidades de esta poblaci\u00f3n y esto las expone, por ejemplo, a tener que sentarse con la persona agresora a negociar con el banco . . .\u201d.[efn_note]Sep\u00falveda, <em>supra <\/em>nota 12.  [\/efn_note] Esto es as\u00ed, debido a que la ley establece que si un deudor solidario no est\u00e1 de acuerdo con que el otro codeudor lo represente en la reuni\u00f3n de mediaci\u00f3n, \u201cquedar\u00e1 obligado a comparecer personalmente al acto de mediaci\u00f3n y negociaci\u00f3n, so pena de desacato . . .\u201d.[efn_note]32 LPRA \u00a7 2882.  [\/efn_note] En este sentido, antes de la enmienda, el agresor no asist\u00eda a la reuni\u00f3n de mediaci\u00f3n porque sab\u00eda que si no lo hac\u00eda, el banco le denegaba la posibilidad a su pareja de refinanciar su hipoteca. Luego de la enmienda, la mujer puede asistir a la mediaci\u00f3n sin contar con la comparecencia de su pareja, pero ahora \u00e9ste se niega a que ella lo represente y, por ende, tiene que asistir a la reuni\u00f3n so pena de desacato. As\u00ed, pues, la mujer tiene ante s\u00ed a su agresor que, claramente, &nbsp;se niega a negociar y que al mismo tiempo representa el trauma psicol\u00f3gico por el que ha pasado. Por otro lado, se encuentra la instituci\u00f3n financiera cuyo fin no es lograr un refinanciamiento, sino un tranque en el proceso para proceder con la ejecuci\u00f3n. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Atravesar por un proceso donde existe la alta posibilidad de perder tu hogar y al mismo tiempo lidiar con las cicatrices de una relaci\u00f3n sentimental que en vez de cultivar amor caus\u00f3 dolor, es una situaci\u00f3n dif\u00edcil, traumatizante y angustiosa para las mujeres. En ese sentido, es nuestra opini\u00f3n que las v\u00edctimas de violencia dom\u00e9stica tienen que enfrentar las copiosas vicisitudes que le impone un sistema corporativo cuyo prop\u00f3sito es aumentar sus ganancias capitales mediante el atropello indigno de la poblaci\u00f3n. Ejemplo de ello, fue cuando cerca de 200 executivos de diversas corporaciones multinacionales de Estado Unidos suscribieron una declaraci\u00f3n uniforme donde reconocen que \u201c[c]ompanies should no longer advance only the interests of shareholders\u201d.[efn_note]David Gelles &amp; David Yaffe-Bellany, <em>Shareholder Value Is No Longer Everything, Top C.E.O.s Say<\/em>, The New York Times (Aug 21, 2019), https:\/\/www.nytimes.com\/2019\/08\/19\/business\/business-roundtable-ceos-corporations.html.[\/efn_note] En ese sentido, reconocieron que la actual ideolog\u00eda corporativa \u201c[h]as contributed to the economic inequality we see today in America . . ..\u201d[efn_note]<em>Id<\/em>. [\/efn_note] Ahora bien, aunque ha habido legislaci\u00f3n para frenar la crisis hipotecaria, la misma no contempl\u00f3 un problema que se ven\u00eda engendrando desde hace tiempo. Se debe tomar acci\u00f3n en todos los frentes para que el doble sufrimiento; la violencia dom\u00e9stica mezclado con la ejecuci\u00f3n de hipoteca, no siga afectando a una de las poblaciones m\u00e1s vulnerables de nuestro pa\u00eds. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\">___________________________________________<br><\/p>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>COMENTARIO Por: Orlandy Cabrera Valent\u00edn Introducci\u00f3n Inicialmente, bajo el proyecto de Constituci\u00f3n redactado por la Convenci\u00f3n Constituyente, se elevaba a rango constitucional el derecho a una vivienda. Hoy d\u00eda dicha disposici\u00f3n no existe en nuestra Carta Magna, pero la Asamblea Legislativa, en su inter\u00e9s de proteger la familia y fomentar la adquisici\u00f3n de propiedades residenciales,<\/p>\n<div class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2020\/03\/19\/doble-sufrimiento-mujeres-victimas-de-violencia-domestica-ante-ejecuciones-de-hipotecas\/\" title=\"Read More\">Read More<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":23,"featured_media":2218,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8,1],"tags":[],"class_list":{"0":"post-2204","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-comentarios","8":"category-uncategorized"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2204","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/users\/23"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2204"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2204\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2218"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2204"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2204"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2204"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}