{"id":2768,"date":"2021-02-11T11:00:00","date_gmt":"2021-02-11T15:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/revistajuridica.uprrp.edu\/inrev\/?p=2768"},"modified":"2021-02-11T11:00:00","modified_gmt":"2021-02-11T15:00:00","slug":"una-mirada-al-argumento-para-una-segunda-vuelta-electoral-en-puerto-rico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2021\/02\/11\/una-mirada-al-argumento-para-una-segunda-vuelta-electoral-en-puerto-rico\/","title":{"rendered":"Una mirada al argumento para una Segunda Vuelta Electoral en Puerto Rico"},"content":{"rendered":"\n\t\t\t\t\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong>ART\u00cdCULO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por: Jos\u00e9 Luis\nCol\u00f3n Rivera*<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante la segunda d\u00e9cada del siglo XXI, m\u00faltiples fen\u00f3menos electorales, sociales y pol\u00edticos han tenido un impacto significativo a nivel mundial. Esto pudiera estar sucediendo tanto por el auge de figuras pol\u00edticas fuera del molde tradicional que han ascendido al poder, as\u00ed como por el establecimiento de partidos y movimientos emergentes. Los acontecimientos de las pasadas elecciones generales en Puerto Rico pudieran coincidir con esta tendencia a trav\u00e9s de la presencia de candidaturas independientes, la formaci\u00f3n de partidos emergentes, as\u00ed como la conglomeraci\u00f3n de un bloque electoral considerable de votantes que no favorecen a los candidatos a la gobernaci\u00f3n de los principales partidos puertorrique\u00f1os: el Partido Popular Democr\u00e1tico (en adelante, \u201cPPD\u201d) y el Partido Nuevo Progresista (en adelante, \u201cPNP\u201d). Todo esto en la medida en que ambos partidos han sido los principales actores del bipartidismo cerrado en la Isla desde el 1968.[efn_note]Luis E. Agrait, <em>Las elecciones de 1968<\/em>. 16 REVISTA DE CIENCIAS SOCIALES 17, 56-57 (1972); \u00c1ngel I. Rivera, <em>Sobre el bipartidismo cerrado<\/em>, 80 GRADOS (5 de octubre de 2012), http:\/\/www.80grados.net\/sobre-el-bipartidismo-cerrado\/.  [\/efn_note] Entre los n\u00fameros planteados anteriormente, as\u00ed como los supuestos que emanan de dichos comicios, se abre paso a una l\u00ednea de investigaci\u00f3n importante al momento de replantearse el modelo electoral vigente, a ra\u00edz de una aparente fragmentaci\u00f3n electoral. <\/p>\n\n\n\n<p>A lo largo de este escrito, se buscar\u00e1 analizar el\nmecanismo de Segunda Vuelta Electoral (en adelante, \u201cSVE\u201d) con el prop\u00f3sito de\nevaluar la implementaci\u00f3n de dicho sistema para el cargo de gobernador en\nPuerto Rico. Mediante una revisi\u00f3n y un an\u00e1lisis documental, se tendr\u00e1n tres\nobjetivos principales: (1) ofrecer un breve trasfondo hist\u00f3rico sobre el\ndesarrollo pol\u00edtico puertorrique\u00f1o para poner en contexto el aspecto electoral;\n(2) exponer, explicar y discutir la complejidad y variaciones de los sistemas\ncon SVE; y (3) analizar la posibilidad de implementar un modelo de SVE para el\ncargo de gobernador en Puerto Rico. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>I.\nTrasfondo pol\u00edtico-electoral de Puerto Rico<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Desde el mal llamado descubrimiento de Puerto Rico\nen el 1493, el desarrollo democr\u00e1tico de la Isla ha sufrido m\u00faltiples cambios y\nun sinn\u00famero de actores. Tras cuatro siglos de dominaci\u00f3n espa\u00f1ola y una breve\nconcesi\u00f3n auton\u00f3mica, el territorio puertorrique\u00f1o fue cedido a los Estados\nUnidos como parte de los acuerdos del Tratado de Par\u00eds, producto de la Guerra Hispano-estadounidense\nen el 1898. A pesar de que la democracia puertorrique\u00f1a ha tenido sus luces y\nsus sombras a ra\u00edz de la relaci\u00f3n colonial con los Estados Unidos, pudiera\nargumentarse que la Isla posee elementos democr\u00e1ticos que han aumentado con el\npasar de los a\u00f1os. Al menos este pareci\u00f3 ser el caso hasta que el Congreso de\nlos Estados Unidos aprob\u00f3 la Ley P\u00fab. N\u00fam. 114-187, mejor conocida como el<em> Puerto Rico Oversight, Management, and\nEconomic Stability Act<\/em> (PROMESA, por sus siglas en ingl\u00e9s) la cual impuso\nuna Junta de Control Fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre lo referente a los temas y procesos electorales, el principal organismo en Puerto Rico es la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones. Dentro de su origen org\u00e1nico, se crea en virtud de la Ley N\u00fam. 4 de 20 de diciembre de 1977, seg\u00fan enmendada, mejor conocida como <em>Ley Electoral de Puerto Rico<\/em>. No obstante, se puede trazar un trasfondo hist\u00f3rico de los procesos y organismos electorales desde la influencia espa\u00f1ola, primero con las cortes de C\u00e1diz en el Estatuto de Bayona de 1808,[efn_note]ESTATUTO DE BAYONA, DE 1808. <em>Disponible en<\/em> https:\/\/www2.uned.es\/dpto-derecho-politico\/c08.pdf. (\u00faltima visita 7 de febrero de 2021).    [\/efn_note] y luego con la Carta Auton\u00f3mica de 1897.[efn_note]Carta Auton\u00f3mica de 1897 de Puerto Rico, 1 LPRA Documentos Hist\u00f3ricos en la p\u00e1g. 1 (2016).&nbsp;    [\/efn_note] Bajo el r\u00e9gimen estadounidense hubo presencia electoral, primero durante las llamadas elecciones de los cien d\u00edas entre 1899 y 1900, y luego tras la instauraci\u00f3n del gobierno civil bajo la Ley Foraker en el 1900.[efn_note]BOL\u00cdVAR PAG\u00c1N, HISTORIA DE LOS PARTIDOS POL\u00cdTICOS PUERTORRIQUE\u00d1OS(1898-1956) 60-62 (1959).  [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>Durante esas primeras dos d\u00e9cadas del siglo XX, surgieron dos leyes electorales que rigieron dichos procesos: la primera ley electoral de Puerto Rico, aprobada el 8 de marzo de 1906,[efn_note]Ley Electoral y de Inscripciones de 8 de marzo de 1906, 1906 LPR&nbsp; 32-58 (derogada 1919).   [\/efn_note] as\u00ed como una segunda legislaci\u00f3n aprobada el 25 de febrero de 1919.[efn_note]Ley Electoral y de Inscripciones, Ley N\u00fam. 79 de 23 de julio de 1919, 1919 LPR&nbsp; 530-613 (derogada 1974).   [\/efn_note] En el caso de esta \u00faltima, el lenguaje se atemper\u00f3 a lo acontecido en la Ley Jones,[efn_note]An Act to Provide a Civil Government for Puerto Rico, and for Other Purposes, ch. 145, 39 Stat. 951 (1917).   [\/efn_note] aprobada dos a\u00f1os antes y que \u2014entre otras cosas\u2014 estableci\u00f3 un Senado estatal y otorg\u00f3 la ciudadan\u00eda estadounidense a los puertorrique\u00f1os. Un dato sumamente importante durante este periodo es el acceso y la posibilidad de alianzas entre partidos desde el 1902 al 1944. Tal como plante\u00f3 el abogado y exlegislador Carlos Gallis\u00e1 Bisbal: <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>[D]e 1902 a 1930 domin\u00f3 el Partido Uni\u00f3n, una alianza en la que convivieron independentistas y anexionistas. Luego, del \u201932 al \u201940 gobern\u00f3 la Coalici\u00f3n de Socialistas y Republicanos, un junte de patronos y obreros ca\u00f1eros. Despu\u00e9s, el tripartismo uni\u00f3 sectores de los socialistas, republicanos y liberales, quienes lideraron hasta el 1944, a\u00f1o en el que se alz\u00f3 el PPD.[efn_note]C\u00e1ndida Cotto Hern\u00e1ndez &amp; Gabriela Ort\u00edz D\u00edaz, <em>\u00bfSon necesarias las alianzas?<\/em> PERI\u00d3DICO CLARIDAD (28 de junio de 2017), https:\/\/www.claridadpuertorico.com\/son-necesarias-las-alianzas\/.&nbsp;    [\/efn_note] <\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>De lo anterior se destaca que en Puerto Rico existi\u00f3\nun precedente de la realizaci\u00f3n de alianzas pol\u00edticas, lo que ser\u00eda de gran\nimportancia a la hora de considerar los sistemas con SVE. <\/p>\n\n\n\n<p>En 1947, el Congreso de los Estados Unidos aprob\u00f3, y el presidente Truman firm\u00f3, la Ley P\u00fablica 362,&nbsp; que enmend\u00f3 el art\u00edculo 12 de la <em>Ley Org\u00e1nica de Puerto Rico<\/em>,[efn_note]An Act to Amend the Organic Act of Puerto Rico, ch. 489 61 Stat. 770-71 (1947).    [\/efn_note] facilitando la elecci\u00f3n del gobernador de Puerto Rico mediante&nbsp; voto directo cada cuatro a\u00f1os, comenzando en las elecciones del 1948.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] Posteriormente, el 3 de julio de 1950, aprob\u00f3 la Ley P\u00fablica 600, dando paso a la Asamblea Constituyente.[efn_note]Federal Relation Act, ch. 446, 64 Stat. 319 (1950).   [\/efn_note] Tras la aprobaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en el 1952, se elevaron a rango constitucional los lineamientos principales de los procedimientos electorales a realizarse en el pa\u00eds, delegando el resto por la v\u00eda legislativa. <\/p>\n\n\n\n<p>Las subsiguientes dos leyes electorales a partir del hito de 1952 fueron el <em>C\u00f3digo Electoral de 1974<\/em>, Ley N\u00fam. 1 de 13 de febrero de 1974, y la mencionada Ley N\u00fam. 4 de 20 de diciembre de 1977. Los cambios acontecidos durante estos tres a\u00f1os fueron trascendentales para la democracia puertorrique\u00f1a.[efn_note]Desde mi perspectiva, es durante este periodo que comienza el deterioro de los procesos electorales de Puerto Rico, el cual se ha visto sumamente lacerado en tiempos recientes.    [\/efn_note] Esto represent\u00f3 un desfase del proceso electoral, pasando de un criterio jur\u00eddico a un car\u00e1cter pol\u00edtico-partidista, trasladando: \u201cel control de los asuntos electorales de manos de jueces independientes a manos de los propios l\u00edderes pol\u00edticos, principalmente los del partido de gobierno\u201d.[efn_note]FERNANDO BAYR\u00d3N TORO, HISTORIA DE LAS ELECCIONES Y LOS PARTIDOS POL\u00cdTICOS DE PUERTO RICO (1809-2012) 352 (8va ed. 2016).    [\/efn_note] En la alternancia pol\u00edtica del PPD y el PNP, dicha legislaci\u00f3n tuvo alrededor de cuarenta enmiendas.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego de los treinta y cuatro a\u00f1os de vigencia de la Ley Electoral, en el a\u00f1o 2011 se aprob\u00f3 el <em>C\u00f3digo Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI<\/em>.[efn_note]C\u00f3digo Electoral de Puerto Rico para el siglo XXI, Ley N\u00fam. 78-2011, 2011 LPR &nbsp;1446-1579 (derogada 2020).   [\/efn_note] Dicha legislaci\u00f3n redujo la cantidad de endosos para los partidos por petici\u00f3n a un 3% del total de los votos depositados al cargo de gobernador en los comicios anteriores.[efn_note]<em>Id<\/em>. en la p\u00e1g. 1511.&nbsp;&nbsp;&nbsp;    [\/efn_note] Todo esto, a diferencia del 5% que se exig\u00eda previamente en la <em>Ley Electoral de 1977<\/em>,[efn_note]Ley Electoral de Puerto Rico de 1977, Ley N\u00fam. 4 de 20 de diciembre de 1977, 1977 LPR 639-742 (derogada 2011).   [\/efn_note] seg\u00fan enmendada; y sustancialmente menor al 10% requerido para los a\u00f1os sesenta en Puerto Rico.[efn_note]ROBERT W. ANDERSON, GOBIERNO Y PARTIDOS POL\u00cdTICOS EN PUERTO RICO 40 (1970). <em> <\/em>  [\/efn_note] Como consecuencia de ello, en las elecciones del 2012 surgi\u00f3 un fen\u00f3meno que no se hab\u00eda repetido desde los comicios del 1972: la existencia de seis partidos pol\u00edticos en unas elecciones generales. Pese a la inscripci\u00f3n de estos nuevos partidos, la oposici\u00f3n al PPD y al PNP lograron capitalizar un total de 82,834 votos para la gobernaci\u00f3n, representando un total de 4.4%.[efn_note]Datos compilados por el autor, con la sumatoria de los resultados para el cargo de gobernador en las elecciones de 2012 de las candidaturas del Partido Independentista Puertorrique\u00f1o (PIP), Movimiento Uni\u00f3n Soberanista (MUS), Puertorrique\u00f1os por Puerto Rico (PPR) y el Partido del Pueblo Trabajador (PPT), seg\u00fan consultados en Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, <em>Resultados del Escrutinio General para el cargo de Gobernador, <\/em>CEE (2012), http:\/\/168.62.166.179\/EG2012\/REYDI_Escrutinio\/index.html#es\/ default\/GOBERNADOR_ISLA.xml (\u00faltima visita 3 de febrero de 2021).   [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>En las elecciones del 2016, la licenciada Alexandra L\u00fagaro Aponte y el empresario Manuel Cidre Miranda aspiraron al cargo de la gobernaci\u00f3n como candidatos independientes, un hito que suced\u00eda por primera vez en la historia electoral puertorrique\u00f1a. Como resultado de dichos comicios, el Dr. Ricardo Rossell\u00f3 Nevares, candidato a la gobernaci\u00f3n por el PNP, result\u00f3 electo con un 41.8%, mientras que el candidato David Bernier Rivera, candidato a la gobernaci\u00f3n por el PPD, obtuvo un 38.9% de los votos. A su vez, tanto los partidos minoritarios como los candidatos independientes lograron capturar una extraordinaria cifra porcentual de votos contrarios al PPD y al PNP, obteniendo un total de 305,484 votos, un 19.3% del total de los votos v\u00e1lidos.[efn_note]Datos compilados por el autor, con la sumatoria de los resultados para el cargo de gobernador en las elecciones de 2016 de las candidaturas del Partido Independentista Puertorrique\u00f1o (PIP), Partido del Pueblo Trabajador (PPT), y los candidatos independientes Alexandra L\u00fagaro Aponte y Manuel Cidre Miranda, seg\u00fan consultados en Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, <em>Resultados del Escrutinio General para el cargo de Gobernador, <\/em>CEE (2016), http:\/\/elecciones2016.ceepur.org\/Escrutinio_General_77\/index.html#es\/default\/GOBERNADOR_Resumen.xml (\u00faltima visita 3 de febrero 2021).   [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>Durante el verano de 2019, sali\u00f3 a la luz p\u00fablica un chat privado entre el gobernador Rossell\u00f3 y su c\u00edrculo cercano, donde intercambiaban comentarios catalogados como sexistas, mis\u00f3ginos y degradantes, lo que provoc\u00f3 una movilizaci\u00f3n masiva de diversos sectores de la ciudadan\u00eda puertorrique\u00f1a.[efn_note]Antonia Laborde, <em>Un chat sexista y hom\u00f3fobo del Gobierno enciende la protesta en Puerto Rico<\/em>, EL PA\u00cdS (19 de julio de 2019), https:\/\/elpais.com\/internacional\/2019\/07\/17\/actualidad\/1563393864_715269.html.   [\/efn_note] Dicha haza\u00f1a logr\u00f3 que el gobernador Ricardo Rossell\u00f3 Nevares renunciara a la gobernaci\u00f3n de Puerto Rico y, luego de una breve juramentaci\u00f3n declarada <em>ultra vires<\/em> por parte del cuasi confirmado Secretario de Estado Pedro Pierluisi Urrutia, la entonces secretaria de Justicia Wanda V\u00e1zquez Garced, jurament\u00f3 como gobernadora.[efn_note]Vanessa Romo &amp; Richard Gonz\u00e1les, <em>Puerto Rico&#8217;s Justice Secretary Wanda V\u00e1zquez Sworn in As Governor<\/em>, NATIONAL PUBLIC RADIO (7 de agosto de 2019), https:\/\/www.npr.org\/2019\/08\/07\/749090146\/puerto-ricos-supreme-court-rules-pierluisi-unconstitutionally-sworn-in-as-govern.   [\/efn_note] A pesar de lo tumultuoso que result\u00f3 el primer a\u00f1o de la incumbencia de V\u00e1zquez Garced, entre los estragos de la renuncia pol\u00edtica de Rossell\u00f3, fuertes eventos s\u00edsmicos en el sur del pa\u00eds y la pandemia del COVID-19, el 20 de junio de 2020 se aprob\u00f3 el C\u00f3digo Electoral de Puerto Rico de 2020.[efn_note]Ricardo Cort\u00e9s Chico, <em>Wanda V\u00e1zquez Garced convierte en ley el nuevo C\u00f3digo Electoral, <\/em>EL NUEVO D\u00cdA (20 de junio de 2020), https:\/\/www.elnuevodia.com\/noticias\/politica\/notas\/wanda-vazquez-garced-convierte-en-ley-el-nuevo-codigo-electoral\/.   [\/efn_note] Cabe destacar que dicha firma se suscit\u00f3 a pesar de que ya hab\u00eda comenzado el proceso electoral, y con la oposici\u00f3n de todos los partidos contrarios al PNP. Uno de los resultados m\u00e1s evidentes de la intransigencia ocurrida se evidenci\u00f3 con unas desastrosas y fragmentadas primarias del PPD y el PNP, celebradas dos meses despu\u00e9s de la aprobaci\u00f3n del mencionado c\u00f3digo.[efn_note]D\u00e1nica Cotto, <em>Puerto Rico: Suspenden las primarias por falta de boletas,<\/em> ASSOCIATED PRESS (AP) NEWS (9 de agosto de 2020), https:\/\/apnews.com\/article\/noticias-46f4f9a560dee079659d4ac5fa567431; Damaris Su\u00e1rez, <em>El hist\u00f3rico caos electoral de las primarias 2020,<\/em> CENTRO DE PERIODISMO INVESTIGATIVO(12 de agosto de 2020), https:\/\/periodismoinvestigativo.com\/2020\/08\/el-historico-caos-electoral-de-las-primarias-2020\/.   [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>Las elecciones generales del 2020 no fueron la excepci\u00f3n a la reciente debacle electoral. En primer lugar, por la crisis ocasionada con el proceso de voto adelantado, as\u00ed como la contabilizaci\u00f3n de papeletas y un escrutinio general con m\u00faltiples se\u00f1alamientos y escepticismo por parte de la ciudadan\u00eda.[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> Gloria Ruiz Kuilan, <em>El escrutinio a\u00fan no comienza debido a que siguen cuadrando las actas del voto ausente y adelantado, <\/em>EL NUEVO D\u00cdA (17 de noviembre de 2020), https:\/\/www.elnuevodia.com\/noticias\/politica\/notas\/el-escrutinio-aun-no-comienza-debido-a-que-siguen-cuadrando-las-actas-del-voto-ausente-y-adelantado\/; Adriana De Jes\u00fas Salam\u00e1n, <em>Comienza y se detiene el escrutinio de las elecciones entre controversias<\/em>, NOTICEL (19 de noviembre de 2020),https:\/\/www.noticel.com\/ahora\/top-stories\/elecciones\/20201119\/comienza-y-se-detiene-el-escrutinio-de-las-elecciones-entre-controversias\/; Oscar J. Serrano, <em>Ca\u00f3tica discusi\u00f3n en el Supremo por escrutinio electoral,<\/em> NOTICEL (24 de noviembre de 2020), https:\/\/www.noticel.com\/elecciones\/tribunales\/ahora\/top-stories\/20201124\/caotica-discusion-en-el-supremo-por-escrutinio-electoral\/; OFICINA DEL INSPECTOR GENERAL DE PUERTO RICO, INFORME DE EXAMEN OIG-E-21-002 6-27 (2020),&nbsp; http:\/\/www.oig.pr.gov\/Documents\/Informe%20de%20Examen%20CEE%20OIG-E-21-002%20(30-12-2020).pdf. <em> <\/em>  [\/efn_note] En segundo lugar, por los propios resultados electorales, donde por tercera elecci\u00f3n consecutiva participaron seis candidatos a la gobernaci\u00f3n, incluyendo a un candidato independiente. Dentro de los resultados, se observ\u00f3 como el gobernador electo Pedro Pierluisi Urrutia obtuvo la victoria con el 33.24% \u2014casi 10% menos que el porcentaje m\u00e1s bajo para un ganador establecido en la elecci\u00f3n anterior\u2014 frente al 31.75% del candidato Carlos Delgado Altieri. Por otro lado, los candidatos opuestos a los partidos principales casi duplicaron la gesta del 2016, aglomerando un 35% de los votos.<a href=\"#_ftn25\">[25]<\/a>[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> Tabla 1.(Los resultados electorales, produjeron adem\u00e1s un gobierno compartido con pluralidad legislativa de cinco delegaciones en C\u00e1mara y Senado, as\u00ed como la reelecci\u00f3n de un senador independiente).  [\/efn_note]\n\n\n\n<p><strong>Tabla 1. Resultados electorales en puerto rico 1968-2020<\/strong>[efn_note]Tabla elaborada por el autor de este trabajo. Los resultados y porcentajes fueron recopilados mediante dos fuentes principales: el portal de la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, as\u00ed como el de Elecciones en Puerto Rico. Pueden variar en diferentes portales debido a las reglas de tabulaci\u00f3n por los cambios electorales sobre la contabilizaci\u00f3n en los resultados finales de los votos por nominaci\u00f3n nulos y en blanco.   [\/efn_note]\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table class=\"\"><tbody><tr><td><strong>A\u00d1O <\/strong>  <\/td><td><strong>PPD-VOTOS<\/strong>  <\/td><td><strong>PPD- %   <\/strong><\/td><td><strong>PNP- VOTOS<\/strong><\/td><td><strong>PNP- %<\/strong><\/td><td><strong>    TOTAL<br>  PNP\/PPD- VOTOS<\/strong><\/td><td><strong>   TOTAL<br> PNP\/PPD- %<\/strong><\/td><td><strong>  OTRAS OPCIONES- VOTO<\/strong>[efn_note]<br> Bajo <em>Otras Opciones<\/em> se aglutinan todas las alternativas que obtuvo el electorado m\u00e1s all\u00e1 del PPD y el PNP.   [\/efn_note]<\/td><td><strong>OTRAS OPCIONES- %   <\/strong><\/td><td><strong>OTROS VOTOS-VOTOS<\/strong>[efn_note]<br>  Bajo <em>Otros Votos<\/em>, se conglomeran los votos nulos, en blanco y por nominaci\u00f3n directa, y su contabilizaci\u00f3n oficial est\u00e1 sujeta a la legislaci\u00f3n electoral correspondientes.   [\/efn_note]  <\/td><td><strong>OTROS VOTOS-%<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>\n  1968\n  <\/td><td>\n  374,040\n  <\/td><td>\n  40.7\n  <\/td><td>\n  400,815\n  <\/td><td>43.6<\/td><td>\n  774,855\n  <\/td><td>\n  84.3\n  <\/td><td>\n  143,974\n  <\/td><td>\n  15.7\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1972\n  <\/td><td>\n  658,856\n  <\/td><td>\n  <strong>50.7<\/strong>\n  <\/td><td>\n  563,609\n  <\/td><td>43.4<\/td><td>\n  1,222,465\n  <\/td><td>\n  94.1\n  <\/td><td>\n  77,419\n  <\/td><td>\n  5.9\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1976\n  <\/td><td>\n  660,401\n  <\/td><td>\n  45.3\n  <\/td><td>\n  703,968\n  <\/td><td>48.3<\/td><td>\n  1,364,369\n  <\/td><td>\n  93.6\n  <\/td><td>\n  93,765\n  <\/td><td>\n  6.4\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1980\n  <\/td><td>\n  756,889\n  <\/td><td>\n  47.0\n  <\/td><td>\n  759,926\n  <\/td><td>47.2<\/td><td>\n  1,516,815\n  <\/td><td>\n  94.2\n  <\/td><td>\n  92,496\n  <\/td><td>\n  5.8\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1984\n  <\/td><td>\n  822,709\n  <\/td><td>\n  47.8\n  <\/td><td>\n  768,959\n  <\/td><td>44.6<\/td><td>\n  1,591,668\n  <\/td><td>\n  92.4\n  <\/td><td>\n  131,119\n  <\/td><td>\n  7.6\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1988\n  <\/td><td>\n  871,858\n  <\/td><td>\n  48.7\n  <\/td><td>\n  820,342\n  <\/td><td>45.8<\/td><td>\n  1,692,200\n  <\/td><td>\n  94.5\n  <\/td><td>\n  99,206\n  <\/td><td>\n  5.5\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1992\n  <\/td><td>\n  862,989\n  <\/td><td>\n  45.9\n  <\/td><td>\n  938,969\n  <\/td><td>49.9<\/td><td>\n  1,801,958\n  <\/td><td>\n  95.8\n  <\/td><td>\n  79,914\n  <\/td><td>\n  4.2\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  1996\n  <\/td><td>\n  875,852\n  <\/td><td>\n  44.5\n  <\/td><td>\n  1,006,331\n  <\/td><td><strong>51.1<\/strong><\/td><td>\n  1,882,183\n  <\/td><td>\n  95.6\n  <\/td><td>\n  76,113\n  <\/td><td>\n  3.9\n  <\/td><td>\n  &nbsp;\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  2000\n  <\/td><td>\n  978,860\n  <\/td><td>\n  48.6\n  <\/td><td>\n  919,194\n  <\/td><td>45.7<\/td><td>\n  1,898,054\n  <\/td><td>\n  94.3\n  <\/td><td>\n  104,705\n  <\/td><td>\n  5.2\n  <\/td><td>\n  9,376\n  <\/td><td>.5  <\/td><\/tr><tr><td>\n  2004\n  <\/td><td>\n  963,303\n  <\/td><td>\n  48.6\n  <\/td><td>\n  959,737\n  <\/td><td>48.4<\/td><td>\n  1,923,040\n  <\/td><td>\n  97.2\n  <\/td><td>\n  54,421\n  <\/td><td>\n  2.8\n  <\/td><td>\n  3,779\n  <\/td><td>.2  <\/td><\/tr><tr><td>\n  2008\n  <\/td><td>\n  801,071\n  <\/td><td>\n  41.43\n  <\/td><td>\n  1,025,965\n  <\/td><td><strong>53.06<\/strong><\/td><td>\n  1,827,036\n  <\/td><td>\n  94.49\n  <\/td><td>\n  93,283\n  <\/td><td>\n  4.83\n  <\/td><td>\n  13,215\n  <\/td><td> .68   <\/td><\/tr><tr><td>\n  2012\n  <\/td><td>\n  896,060\n  <\/td><td>\n  47.73\n  <\/td><td>\n  884,775\n  <\/td><td>47.13<\/td><td>\n  1,780,835\n  <\/td><td>\n  94.86\n  <\/td><td>\n  82,834\n  <\/td><td>\n  4.42\n  <\/td><td>\n  13,510\n  <\/td><td>.72<\/td><\/tr><tr><td>\n  2016\n  <\/td><td>\n  614,190\n  <\/td><td>\n  38.9\n  <\/td><td>\n  660,510\n  <\/td><td>41.8<\/td><td>\n  1,274,700\n  <\/td><td>\n  80.7\n  <\/td><td>\n  305,484\n  <\/td><td>\n  19.3\n  <\/td><td>\n  6,367\n  <\/td><td><\/td><\/tr><tr><td>\n  2020\n  <\/td><td>\n  407,817\n  <\/td><td>\n  31.8\n  <\/td><td>\n  427,016\n  <\/td><td>33.2<\/td><td>\n  834,833\n  <\/td><td>\n  65.0\n  <\/td><td>\n  449,797\n  <\/td><td>\n  35.0\n  <\/td><td>\n  7,008\n  <\/td><td><\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>De la <em>Tabla 1<\/em>, se desprende que a lo largo de las trece elecciones que han acontecido a partir de 1968, solamente en tres ocasiones el gobernante electo ha logrado obtener m\u00e1s del 50% de los votos emitidos: Rafael Hern\u00e1ndez Col\u00f3n, candidato a la gobernaci\u00f3n por el PPD en el 1972; as\u00ed como Pedro Rossell\u00f3 Gonz\u00e1lez en 1996 y Luis Fortu\u00f1o Burset en 2008, ambos candidatos a la gobernaci\u00f3n por el PNP.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>II. Sistemas de Segunda Vuelta Electoral (SVE) <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la medida\nen que vemos los procesos electorales como instrumentos democr\u00e1ticos para\ninstaurar gobiernos, es importante reconocer las variantes en los sistemas y\nmecanismos electorales democr\u00e1ticos. Sobre este particular, encontramos c\u00f3mo de\nla literatura se desprende que:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>        Los sistemas representativos basados en procesos electorales y en la competencia entre candidatos designados por los partidos, dentro de marcos formales previsibles, da lugar a otros basados en la expresi\u00f3n de las posiciones de un p\u00fablico m\u00e1s informado, activo y fragmentado; en la necesidad de reflejar los intereses propios de esa diversidad de situaciones; en la mayor gravitaci\u00f3n de las organizaciones sociales y locales, y en el debilitamiento del liderazgo pol\u00edtico de car\u00e1cter formal o tradicional frente a la proliferaci\u00f3n de los l\u00edderes de opini\u00f3n, en una sociedad que ya no cree que &#8220;todo es pol\u00edtica&#8221;.[efn_note]Luciano Tomassini, <em>Gobernabilidad y pol\u00edticas p\u00fablicas en Am\u00e9rica Latina<\/em>, <em>en<\/em> Democracia en d\u00e9ficit: Gobernabilidad y desarrollo en Am\u00e9rica Latina y el Caribe 19 (Fernando Carrillo Fl\u00f3rez, ed., 2001).   [\/efn_note]<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Esto plantea una variedad de elementos que aspiran a que los sistemas electorales no sean est\u00e1ticos ni r\u00edgidos y que puedan atemperarse a los reclamos y mejores intereses de la ciudadan\u00eda. Si bien reconocemos que existen m\u00faltiples sistemas electorales de representaci\u00f3n democr\u00e1tica, en este escrito solo se explorar\u00e1 el mecanismo de SVE. A este fen\u00f3meno se le conoce de varias maneras desde sistema de doble vuelta, mecanismo de dos rondas, <em>ballotage <\/em>(derivado originariamente del franc\u00e9s), <em>runoff election<\/em> (en ingl\u00e9s) o m\u00e1s com\u00fanmente sistema de segunda vuelta electoral. Al adentrarnos en su definici\u00f3n, se puede concebir como un \u201csistema de pluralidad o mayor\u00eda en el que se celebra una segunda elecci\u00f3n si ning\u00fan candidato o partido logra un determinado nivel de votos, por lo general una mayor\u00eda absoluta (50% m\u00e1s uno) en la primera ronda electoral\u201d.[efn_note]Andrew Reynolds et al., Electoral System Design: The New International IDEA Handbook 52 (2005) (traducci\u00f3n suplida), https:\/\/www.ifes.org\/sites\/default\/files\/electoral-system-design-the-new-international-idea-handbook.pdf.   [\/efn_note]\u00a0 <\/p>\n\n\n\n<p>Como parte de las innumerables aportaciones del soci\u00f3logo franc\u00e9s Maurice Duverger a la ciencia pol\u00edtica y los estudios electorales, se ha establecido que: \u201cel sistema mayoritario con dos vueltas, tiende a un sistema multipartidista, con partidos flexibles e interdependientes\u201d.[efn_note]Maurice Duverger, <em>Influencia de los sistemas electorales en la vida pol\u00edtica<\/em>, en Diez textos b\u00e1sicos de ciencia pol\u00edtica 38 (Albert Batlle ed., Ariel 2001) (2da ed. 2001), https:\/\/www.consensocivico.com.ar\/uploads\/5433221564916-AA.VV-Diez%20textos%20basicos%20de%20ciencia%20politica%20(CC).pdf.   [\/efn_note] De manera m\u00e1s espec\u00edfica, plantea que: \u201cTe\u00f3ricamente, la segunda vuelta debe favorecer la multiplicaci\u00f3n de partidos y el fraccionamiento de tendencias pr\u00f3ximas que no alcanzar\u00e1n una representaci\u00f3n global, pero, en todo caso, pueden reagruparse en el <em>ballotage<\/em> (segunda vuelta)\u201d.<a href=\"#_ftn32\">[32]<\/a>[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 46. <em> <\/em>  [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de los sistemas con SVE, existen ciertas variantes significativas que pudieran destacar las modalidades de este sistema electoral. Entre ellas, encontramos: la mayor\u00eda necesaria para resultar electo, la computaci\u00f3n de los votos \u2014v\u00e1lidos o emitidos\u2014, as\u00ed como la cantidad de candidatos que pasan a la segunda ronda, entre otros.[efn_note]Gustavo Ernesto Emmerich, <em>La segunda vuelta electoral: modalidades, experiencias y consecuencias pol\u00edticas<\/em>, en Contexto y propuestas para una agenda de reforma electoral en M\u00e9xico 85 (Pablo Javier Becerra et al. ed., 2003), https:\/\/biblio.juridicas.unam.mx\/bjv\/detalle-libro\/3182-contexto-y-propuestas-para-una-agenda-de-reforma-electoral-en-mexico#113944.   [\/efn_note] En cuanto a la tipolog\u00eda de estos sistemas, vemos como existen tres tipos de mecanismos principales: sin barrera de acceso, mediante acceso simple o a trav\u00e9s de un mecanismo compuesto de acceso.[efn_note]MARIO ALEJANDRO CALIXTO MENDOZA, LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL Y REELECCI\u00d3N INMEDIATA: UN AN\u00c1LISIS PARA M\u00c9XICO 3 (8 de diciembre de 2010) (tesis de licenciatura, Universidad de las Am\u00e9ricas Puebla) (archivado en Bibliotecas de la Universidad de las Am\u00e9ricas Puebla), http:\/\/catarina.udlap.mx\/u_dl_a\/tales\/documentos\/lpt\/calixto_m_ma\/. [\/efn_note]&nbsp; De dicho an\u00e1lisis, se desprende que: <\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"1\"><li>La SVE sin barrera de acceso se manifiesta cuando los candidatos que m\u00e1s votos obtienen pasan a una segunda ronda, en la cual se decide el vencedor por mayor\u00eda simple, sin importar si uno de los candidatos sobrepas\u00f3 el 50% en la primera ronda. [efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note]<\/li><li>La SVE con acceso simple se efect\u00faa cuando ninguno de los candidatos obtiene la mayor\u00eda absoluta determinada en la primera ronda.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] De igual forma, en esta ocasi\u00f3n se efect\u00faa la misma con los dos candidatos que m\u00e1s votos obtuvieron en la primera ronda.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] <\/li><li>La SVE con mecanismo compuesto de acceso, requiere ciertos elementos y requisitos adicionales durante la primera ronda electoral.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] En este caso, puede destacarse como variable la diferencia porcentual entre los candidatos.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 4-5.   [\/efn_note] En el caso de Ecuador, por ejemplo, si un candidato obtiene un 40% en la primera ronda, y a su vez, mantiene un 10% de ventaja de su contendor m\u00e1s cercano, obtiene la victoria y no pasa a segunda ronda.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 5.  [\/efn_note] <\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>De esta forma, podemos percibir\nc\u00f3mo este sistema \u2014a\u00fan dentro del mecanismo de SVE\u2014 se puede ramificar y\nadaptar a diferentes modelos y circunstancias. <\/p>\n\n\n\n<p>En lo que respecta a los or\u00edgenes del sistema de SVE, es importante reconocer su antig\u00fcedad. Desde una perspectiva hist\u00f3rica, podemos encontrar que \u2014si bien era una modalidad distinta a lo que hoy conocemos\u2014 la SVE ostenta sus or\u00edgenes desde la revoluci\u00f3n francesa, al encontrarse sus fundamentos b\u00e1sicos con la aprobaci\u00f3n de la ley electoral francesa de 1787.[efn_note]Fernando Barrientos del Monte, <em>La segunda vuelta electoral y la gobernabilidad en los sistemas presidenciales latinoamericanos<\/em>, 15 Revista del Instituto Electoral del Estado de M\u00e9xico Apuntes Electorales 507, 515 (2004), https:\/\/www.ieem.org.mx\/cefode\/publicaciones\/lineas_editoriales\/apuntes_elec_catalogo_y_descargas_2.html. <em> <\/em>  [\/efn_note] Por otro lado, adem\u00e1s del caso franc\u00e9s, durante el siglo XX hubo presencia de dicho sistema en diversas regiones europeas, destac\u00e1ndose pa\u00edses como Finlandia, Irlanda, Islandia, Austria, as\u00ed como la extinta Rep\u00fablica de Weimar.[efn_note]Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques, La segunda vuelta electoral en el contexto de los sistemas presidenciales latinoamericanos 2 (2017), https:\/\/centrogilbertobosques.senado.gob.mx\/analisisinvestigacion\/colaboraciones\/di-2davuetlalatam-110717\/viewdocument (citando a Daniel Alberto Sabsay, <em>El sistema de doble vuelta o ballotage<\/em>, 62 Lecciones y Ensayos 121, 128-40 (1995), http:\/\/www.derecho.uba.ar\/publicaciones\/lye\/pub_lye_numeros_62.php).   [\/efn_note] En la actualidad, se utiliza la SVE con otras modalidades y circunstancias, en m\u00e1s de cuarenta pa\u00edses a nivel mundial.[efn_note]<em>Two-Round System<\/em> ELECTORAL REFORM SOCIETY, https:\/\/www.electoral-reform.org.uk\/voting-systems\/types-of-voting-system\/two-round-system\/ (\u00faltima visita 7 de febrero 2021).  [\/efn_note] Es importante recalcar que, aunque sistemas nacionales o federales no utilicen dicho mecanismo, no elimina la posibilidad de que jurisdicciones dentro de los pa\u00edses si utilicen modalidades de SVE.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso particular de Am\u00e9rica Latina, vemos c\u00f3mo \u2014tras la culminaci\u00f3n de las terribles dictaduras en dicha regi\u00f3n para los a\u00f1os setenta y ochenta del siglo XX\u2014 fueron estableci\u00e9ndose nuevas constituciones democr\u00e1ticas que buscaban detener cualquier instancia de tiran\u00eda en sus pa\u00edses. De esta manera, m\u00faltiples pa\u00edses encontraron una alternativa viable en los sistemas con SVE, dentro de sus agendas de reforma pol\u00edtica.[efn_note]Adriana Gallo, <em>Elecciones con doble vuelta: An\u00e1lisis del impacto del empleo del balotaje sobre el funcionamiento democr\u00e1tico en Am\u00e9rica Latina<\/em>, 1 Revista Observatorio Latinoamericano y Caribe\u00f1o 133 (2017),  https:\/\/publicaciones.sociales.uba.ar\/index.php\/observatoriolatinoamericano\/article\/view\/1714. (\u00faltima visita 3 de febrero de 2021).  [\/efn_note] En la actualidad, trece pa\u00edses latinoamericanos utilizan sistemas con SVE.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 132.   [\/efn_note] En lo que respecta a las particularidades de los m\u00faltiples mecanismos de SVE en el contexto latinoamericano, su funcionamiento y efectividad depender\u00e1 del contexto en el cual se utilice. Por ejemplo, en el caso del sistema electoral de Guatemala, encontramos que su mecanismo de SVE se manifiesta de manera est\u00e1ndar, donde se necesita un 50% para evitar una segunda ronda.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 148.   [\/efn_note] Por otro lado, en el caso de Costa Rica, se requiere obtener un 40% en la primera ronda sin margen de diferencia, para evitar la celebraci\u00f3n de una SVE en dicha naci\u00f3n.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] A su vez, en el sistema electoral de Nicaragua su mecanismo de SVE requiere un 40% de los votos o 35% y cinco puntos de distancia respecto al segundo.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note] De igual manera, el modelo de Ecuador establece dos modalidades para evitar la segunda ronda: 50% de los votos, o un 40% con 10% de diferencia en la primera ronda.[efn_note]<em>Id. <\/em>  [\/efn_note]\n\n\n\n<p>Por otra parte, dentro de la diversidad electoral del federalismo estadounidense, existen jurisdicciones que utilizan el mecanismo de la SVE. Como parte de la soberan\u00eda de los estados, existen casos donde se utiliza dicho mecanismo tanto en primarias como en elecciones generales. Dentro de los estados que contemplan dicha modalidad a nivel estatal o federal, se destacan Alabama, Arkansas, Georgia, Mississippi, North Carolina, Oklahoma, South Carolina, South Dakota, Texas y Vermont.[efn_note]National Conference of State Legislators, <em>Primary Runoffs<\/em>, NCSL (8 de mayo de 2017), https:\/\/www.ncsl.org\/research\/elections-and-campaigns\/primary-runoffs.aspx.   [\/efn_note] Por su parte, California, Washington y Louisiana contemplan variantes de mecanismos electorales donde se eligen los principales dos candidatos que m\u00e1s votos obtengan, indistintamente del partido.[efn_note]National Conference of State Legislators, <em>State Primary Election Types<\/em>, NCSL (5 de enero de 2021), https:\/\/www.ncsl.org\/ research\/elections-and-campaigns\/primary-types.aspx.    [\/efn_note] En los estados de Alaska y Maine han implementado legislaci\u00f3n del <em>ranked choice voting<\/em>,[efn_note]James Brooks, <em>Alaska Becomes Second State to Approve Ranked-Choice Voting as Ballot Measure 2 Passes by 1%<\/em>, Anchorage Daily News (17 de noviembre de 2020), https:\/\/www.adn.com\/politics\/2020\/11\/17\/alaska-becomes-second-state-to-approve-ranked-choice-voting-as-ballot-measure-2-passes-by-1\/; Jane C. Trimm, <em>Maine Tries \u201cRanked-Choice\u201d Voting: A Ballot Can \u201cCount\u201d More Than Once<\/em>, NBC News (24 de mayo de 2018), https:\/\/www.nbcnews.com\/politics\/donald-trump\/maine-tries-ranked-choice-voting-%20%20%20%20your-ballot-could-even-count-n875621.   [\/efn_note] lo cual pudiera considerarse como un tipo de SVE instant\u00e1nea donde los electores escogen sus candidatos por orden de preferencia. Si ning\u00fan candidato obtiene mayor\u00eda con los resultados finales, se van adjudicando las intenciones de las segundas y terceras opciones, respectivamente, hasta conseguir una mayor\u00eda absoluta.[efn_note]<em>Ranked Choice Voting 101,<\/em> FAIR VOTE, https:\/\/www.fairvote.org\/rcv#where_is_ranked_choice_voting_used (\u00faltima visita 3 de febrero de 2021).  [\/efn_note] En las marat\u00f3nicas elecciones nacionales de 2020, el destino del senado federal qued\u00f3 expuesto a la SVE en el estado de Georgia.[efn_note]Bill Barrow, <em>Twin Senate Runoffs in Georgia Could Shape Biden Presidency<\/em>, Associated Press (6 de noviembre de 2020), https:\/\/apnews.com\/article\/election-2020-joe-biden-donald-trump-senate-elections-georgia-5fbe1eb389b8ff80ba7b7ee25d8d0d8b.   [\/efn_note] A pesar de no obtener mayor\u00eda senatorial en las elecciones generales de noviembre, y gracias al voto de desempate de la vicepresidenta Kamala Harris, los dem\u00f3cratas lograron mayor\u00eda en el senado federal con las victorias en segunda ronda de Raphael Warnock y Jon Ossoff en enero de 2021.[efn_note]Richard Fausset, Jonathan Martin &amp; Stephanie Saul, <em>Democrats Win Both Georgia Races to Gain Control of Senate<\/em>, N.Y. TIMES (6 de junio de 2021), https:\/\/www.nytimes.com\/2021\/01\/06\/us\/politics\/warnock-loeffler-ossoff-perdue-georgia-senate.html.   [\/efn_note]\n\n\n\n<p>Al abordar los argumentos iniciales sobre la implementaci\u00f3n de una SVE, se plantea que, dentro del constitucionalismo iberoamericano, el mecanismo de segunda ronda se articul\u00f3 en v\u00edas de: \u201cde revestir de mayor legitimidad a los presidentes electos de manera directa por los ciudadanos\u201d.[efn_note]Pedro Mar\u00eda Fern\u00e1ndez Barbadillo, <em>La segunda vuelta electoral en los sistemas presidenciales iberoamericanos<\/em>, 28 Revista Parlamentaria de la Asamblea de Madrid 217, 225 (2013), https:\/\/dialnet.unirioja.es\/servlet\/articulo?codigo=4421134.   [\/efn_note] A su vez, se logra compilar las consecuencias esbozadas por el profesor espa\u00f1ol Rafael Mart\u00ednez Mart\u00ednez en cuanto al uso de la SVE, dentro de las cuales se encuentran:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li><p>[R]eforzar] la legitimidad de los electos.<\/p><\/li><li><p>Desarrolla[r]una tendencia bipolar, . . . [haciendo posible]una cierta fragmentaci\u00f3n de fuerzas de la primera vuelta y genera[ndo]la configuraci\u00f3n de amplias coaliciones que dominan la segunda. Igualmente, las mayor\u00edas parlamentarias suelen corresponder m\u00e1s a uno de los bloques que a un \u00fanico partido.<\/p><\/li><li><p>Premia[r]el pragmatismo y la moderaci\u00f3n, penalizando la ideologizaci\u00f3n y los extremismos. La fase de acuerdos y pactos entre partidos pol\u00edticos en la fase interelectiva induce a la moderaci\u00f3n pol\u00edtica antes, durante y despu\u00e9s de la elecci\u00f3n. A diferencia de los dem\u00e1s sistemas mayoritarios, permite la subsistencia de los partidos peque\u00f1os.<\/p><\/li><li><p>El efecto reductivo sobre el n\u00famero de partidos es variable y, adem\u00e1s, dif\u00edcilmente cuantificable por el hecho de que la diferencia entre los partidos que participan en la primera vuelta, en la segunda y los que llegan al parlamento es considerable.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 248.   [\/efn_note]<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Como se puede apreciar, si bien\nlos resultados de la implementaci\u00f3n de una SVE dependen de los contextos en\ndonde se implemente, existen ciertas caracter\u00edsticas generales que bien\npudieran observarse en los respectivos pa\u00edses. <\/p>\n\n\n\n<p>Al aproximarse al contexto mexicano en la discusi\u00f3n de una SVE, De Andrea S\u00e1nchez expuso potenciales ventajas y desventajas de dicho mecanismo. En lo que respecta a las ventajas, plante\u00f3 que la SVE promueve la gobernabilidad, produce estabilidad pol\u00edtica y econ\u00f3mica, as\u00ed como promueve una cultura pol\u00edtica m\u00e1s compleja.[efn_note]Francisco Mar\u00eda De Andrea S\u00e1nchez, <em>Estudio comparado te\u00f3rico-pr\u00e1ctico sobre la segunda vuelta electoral: el caso de M\u00e9xico<\/em>, 106 Bol. Mex. Der. Comp. 207, 212-15 (2003), https:\/\/revistas.juridicas.unam.mx\/index.php\/derecho-comparado\/article\/ view\/3752\/4636.   [\/efn_note] En cuanto a las desventajas, esboza que tiende a distorsionar y adulterar la expresi\u00f3n natural de la voluntad popular, prolonga los lapsos de incertidumbre, requiere un alto costo econ\u00f3mico y pudiera promover una ingenier\u00eda electoral discriminatoria.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 215-17.   [\/efn_note] Como parte de la reforma pol\u00edtica presentada en M\u00e9xico a finales del a\u00f1o 2009, se inclu\u00eda la posibilidad de implementar la SVE en dicho pa\u00eds, lo que provoc\u00f3 una clara resistencia del sector que favorece al sistema electoral vigente, argumentando que dicho sistema romper\u00eda con el alegado tripartidismo mexicano.[efn_note]C\u00e9sar Astudillo, <em>Segunda vuelta elector para la elecci\u00f3n presidencial<\/em>, 129 Bol. Mex. Der. Comp. 1411, 1417 (2010), https:\/\/revistas.juridicas.unam.mx\/index.php\/derecho-comparado\/article\/view\/4652\/6003.   [\/efn_note]\n\n\n\n<p>La discusi\u00f3n sobre la SVE no ha estado exenta de cr\u00edticas, observaciones y detractores. Primeramente, se plantea que este sistema m\u00e1s all\u00e1 de la democratizaci\u00f3n contribuye en los consensos con electores moderados y que dicho sistema no se defiende por s\u00ed mismo, sino como medio de obtener resultados de mayor\u00eda absoluta.[efn_note]Sarah Birch, <em>Two-Round Electoral Systems and Democracy<\/em>, 36 COMP. POL. Stud. 319, 340 (2003).  [\/efn_note] Para sustentar sus argumentos, expone m\u00faltiples variables dentro de las que se encuentran: los efectos de la pluralidad frente a la mayor\u00eda absoluta, el impacto de la fragmentaci\u00f3n electoral, as\u00ed como el planteamiento de que no necesariamente los partidos mayoritarios se debilitan o pierden poder.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 324-25.<em> <\/em>  [\/efn_note]\n\n\n\n<p>Al momento de analizar los sistemas con SVE, pudiera argumentarse que dicho sistema coarta la posibilidad de que alg\u00fan candidato que culmine en las \u00faltimas posiciones no pueda participar de eventuales rondas. En contraparte, es notorio destacar que dicho mecanismo le ofrece una mayor relevancia a esos sectores que sus candidatos no cualificaron para una segunda ronda, ya que sus votos pudieran ser necesarios para el eventual ganador de la contienda. Aunque no siempre se podr\u00e1n conciliar las propuestas y los partidos, cabe la posibilidad de entablar acuerdos y consensos entre candidatos pol\u00edticos y sectores en una clara contraposici\u00f3n a las jurisdicciones y pa\u00edses cuyas leyes electorales \u2014as\u00ed como los propios sistemas de votaci\u00f3n\u2014 proh\u00edben expl\u00edcitamente la realizaci\u00f3n de alianzas entre partidos o candidatos.&nbsp; <\/p>\n\n\n\n<p>En el a\u00f1o 2017, el Senado de la Rep\u00fablica de M\u00e9xico comision\u00f3 una investigaci\u00f3n para estudiar la SVE en el contexto de los sistemas presidenciales latinoamericanos, donde se recopil\u00f3 un detallado an\u00e1lisis de los procedimientos, resultados y variables de los sistemas de SVE en dicha regi\u00f3n. Argumentaron sobre la dificultad que conlleva analizar patrones en el funcionamiento de la SVE y el hecho de que de las treinta y cuatro elecciones donde se ha celebrado una segunda ronda en Am\u00e9rica Latina, en treinta ocasiones ha resultado ganador quien domin\u00f3 en la primera ronda. A su vez, se plantea los altos costos que conlleva celebrar una SVE.[efn_note]Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques, <em>La segunda vuelta electoral en el contexto de los sistemas presidenciales latinoamericanos<\/em>, Senado de la rep\u00fablica 4 (11 de julio de 2017), https:\/\/centrogilbertobosques.senado.gob.mx\/docs\/DI_2daVuetlaLATAM_110717.pdf.    [\/efn_note]\n\n\n\n<p><strong>III. Implementaci\u00f3n de una Segunda\nVuelta Electoral en Puerto Rico<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Del registro hist\u00f3rico puertorrique\u00f1o, se desprenden varias instancias donde se ha planteado modificar los procesos electorales. Tras los controversiales y a\u00fan cuestionables eventos que se suscitaron en las elecciones de 1980,[efn_note]Para un estudio detallado de las elecciones de 1980, v\u00e9ase Fernando Bayr\u00f3n-Toro, Las elecciones de 1980 (1982).    [\/efn_note] se efectu\u00f3 un debate en Puerto Rico sobre la necesidad de realizar cambios sustanciales a la ley electoral de aquel entonces. Inclusive, se plante\u00f3 la necesidad de elevar a rango constitucional los procedimientos electorales en el pa\u00eds.[efn_note]Juan M. Garc\u00eda Passalacqua, <em>La reforma del proceso electoral de Puerto Rico<\/em>, 42 REV. COL. ABOG. PR 575, 581 (1981).    [\/efn_note] Dentro de los m\u00faltiples reclamos, se buscaba \u201cconceder al organismo electoral una estabilidad estructural que mantenga en el \u00e1nimo de los ciudadanos la certeza y confianza en la realizaci\u00f3n de un proceso electoral justo, ordenado, libre de fraude, honesto e \u00edntegro\u201d.[efn_note]C\u00e9sar R. V\u00e1zquez D\u00edaz, <em>La reforma electoral y la propuesta enmienda constitucional<\/em>, 25 REV. D.P. 405, 408 (1985).   [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>Al adentrarnos al siglo XXI, encontramos c\u00f3mo se han mantenido los debates en torno a la necesidad de fortalecer el car\u00e1cter democr\u00e1tico en los procesos electorales. Se argument\u00f3 que la mayor legitimidad al sistema y proceso electoral puertorrique\u00f1o, se la daba la alta participaci\u00f3n electoral.[efn_note]H\u00e9ctor Luis Acevedo, <em>Cinco principios de derecho electoral producto de la experiencia<\/em>, 39 REV. D.P. 1, 8 (2000). <em> <\/em>  [\/efn_note] No obstante, quienes se amparaban en este reclamo pudieran tomar como respuesta la falta de legitimaci\u00f3n del sistema con una tasa de participaci\u00f3n de apenas 55% en las elecciones de 2020.[efn_note]Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, <em>Resultados del Escrutinio General para el cargo de Gobernador, <\/em>CEE (2020).   http:\/\/elecciones2020.ceepur.org\/Escrutinio_General_93\/index.html#es\/default\/GOBERNADOR_Resumen.xml (\u00faltima visita 3 de febrero de 2021). <em> <\/em>  [\/efn_note] Por otro lado, el profesor \u00c1ngel Israel Rivera ha expuesto la urgencia de modificar y atemperar el sistema electoral puertorrique\u00f1o, al plantear que: <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>N[o]puede ser democr\u00e1tico un sistema en que dos partidos monopolizan el acceso a los cargos del gobierno, independientemente de si gobiernan para el bien com\u00fan o hacen justamente lo contrario. Por mal que se porten, el premio en votos les espera, luego de un cuatrienio en manos del otro partido del bipartidismo. <em>Todo eso seguir\u00e1 ocurriendo si no cambiamos este sistema nefasto y absurdo<\/em>.[efn_note]\u00e1ngel Israel Rivera, <em>Para salir del bipartidismo, la corrupci\u00f3n y otros demonios<\/em>, 80grados (7 de octubre de 2016), https:\/\/www.80grados.net\/para-salir-del-bipartidismo-la-corrupcion-y-otros-demonios\/.  [\/efn_note]<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Del mismo modo, logra exponer lo que a su juicio es el inicio de la ruta para conllevar dichos cambios, el abono de esfuerzos para un movimiento pol\u00edtico que tenga como norte la redefinici\u00f3n del modelo para elegir los cargos p\u00fablicos en Puerto Rico.[efn_note]\u00e1ngel Israel Rivera, <em>Perder-perder: el juego electoral de 2016<\/em>, 80-grados.net (16 de diciembre de 2016), https:\/\/www.80grados.net\/perder-perder-el-juego-electoral-de-2016\/. <em> <\/em>  [\/efn_note]\n\n\n\n<p>De la\nrevisi\u00f3n de literatura para este trabajo, no se destacan trabajos acad\u00e9micos\nque examinen espec\u00edficamente dicho mecanismo en la Isla. No obstante, es\npertinente hacer referencia a un estudio conducido por el Centro de Informaci\u00f3n\nCensal (CIC, por sus siglas) de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de\nCayey. Dentro del an\u00e1lisis por la baja participaci\u00f3n electoral en los comicios\nde 2016, el director del CIC expuso lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>Con esta amplia abstenci\u00f3n electoral, podemos afirmar que muchos pol\u00edticos fueron elegidos por una minor\u00eda. Los mecanismos de \u2018segundas vueltas\u2019 establecidos en otros pa\u00edses se pueden considerar en Puerto Rico para darle mayor legitimidad a las elecciones. Pero, independientemente del mecanismo electoral, todos los partidos deben cuestionarse por qu\u00e9 cada vez menos personas votan por ellos y c\u00f3mo pueden volver a esperanzar a un pueblo en un proceso democr\u00e1tico que no se limite a las urnas cada cuatro a\u00f1os.[efn_note]Recinto de Cayey, <em>Estudio revela que casi el 50% de los puertorrique\u00f1os no votaron en las elecciones generales<\/em>, UPR (11 de noviembre de 2016), https:\/\/www.upr.edu\/estudio-revela-que-casi-el-50-de-los-puertorriquenos-no-votaron-en-las-elecciones-generales\/.   [\/efn_note]<\/blockquote>\n\n\n\n<p>De esta forma, vemos c\u00f3mo \u2014de manera m\u00e1s concreta\u2014 se comienzan a dar pasos y propuestas en torno a las modificaciones de nuestro sistema electoral.&nbsp; Cabe destacar que posteriormente a los resultados de las elecciones de 2016, representantes de diversos sectores de la sociedad civil han sugerido y propuesto la implementaci\u00f3n de una SVE en Puerto Rico.[efn_note]<em>V\u00e9ase <\/em>NotiCel, <em>La Pava contempla proponer una segunda vuelta electoral<\/em>, NOTICEL (5 de septiembre de 2018), https:\/\/www.noticel.com\/ppd\/politica\/ahora\/20180905\/la-pava-contempla-proponer-una-segunda-vuelta-electoral\/; Daribel P\u00e9rez, <em>Bhatia impulsa segunda vuelta en elecciones generales<\/em>, NOTIUNO (16 de abril de 2019), https:\/\/www.notiuno.com\/noticias\/gobierno-y-politica\/bhatia-impulsa-segunda-vuelta-en-elecciones-generales\/article_73262034-6049-11e9-b5de-2ba60e4bd9ee.html; Normando Valent\u00edn, <em>La segunda vuelta<\/em>, PRIMERA HORA (24 de septiembre de 2019), https:\/\/www.primerahora.com\/opinion\/normando-valentin\/columnas\/la-segunda-vuelta\/; Alfonso L\u00f3pez-Chaar, <em>Necesaria una segunda vuelta electoral en Puerto Rico, <\/em>EL NUEVO D\u00eda, 20 de septiembre de 2020, en la p\u00e1g. 52.   [\/efn_note]\n\n\n\n<p>Como respuesta a la salida del gobernador Rossell\u00f3 Nevares en el verano del 2019, las delegaciones del PPD y del Partido Independentista Puertorrique\u00f1o, radicaron resoluciones concurrentes en C\u00e1mara y Senado con el fin de enmendar la Constituci\u00f3n, para la celebraci\u00f3n de una segunda vuelta.[efn_note]EFEUSA, <em>El Partido Independentista de Puerto Rico propone una nueva Constituci\u00f3n, <\/em>AGENCIA EFE (6 de agosto de 2019), https:\/\/www.efe.com\/efe\/usa\/puerto-rico\/el-partido-independentista-de-puerto-rico-propone-una-nueva-constitucion\/50000110-4038418; para examinar las resoluciones concurrentes, v\u00e9ase R. Conc. del S. 82 de 29 de julio de 2019, 6ta. Ses. Ord., 18va. Asam. Leg.; R. Conc. de la C. 106 de 30 de julio de 2019, 6ta. Ses. Ord., 18va. Asam. Leg.; R. Conc. del S. 85 de 6 de agosto de 2019, 6ta. Ses. Ord., 18va. Asam. Leg.; R. Conc. de la C. 108 de 6 de agosto de 2019, 6ta. Ses. Ord., 18va. Asam. Leg.   [\/efn_note] Finalmente, tras los resultados electorales de 2020, varios acad\u00e9micos puertorrique\u00f1os han manifestado la necesidad de evaluar un mecanismo de SVE para Puerto Rico, reabriendo nuevamente el debate sobre la necesidad de dicho sistema.<a href=\"#_ftn74\">[74]<\/a>[efn_note]Daniel Rivera Vargas, <em>Profesores dicen que es hora de impulsar la segunda vuelta electoral, <\/em>MICROJURIS (6 de noviembre de 2020), https:\/\/aldia.microjuris.com\/2020\/11\/06\/dicen-que-es-hora-de-impulsar-la-segunda-vuelta-electoral\/.   [\/efn_note]\n\n\n\n<p>Al plantear los t\u00e9rminos pr\u00e1cticos\ny procesales, para modificar el sistema electoral vigente \u2014con miras a\nestablecer un sistema de SVE para el cargo de gobernador\u2014 se requerir\u00eda una\nenmienda constitucional. Tal como lo establece el Art\u00edculo VII de la\nConstituci\u00f3n de Puerto Rico, el cambio propuesto deber\u00e1 ser aprobado por dos\nterceras partes de la C\u00e1mara de Representantes y el Senado de Puerto Rico, as\u00ed\ncomo deber\u00e1 ser ratificado por el electorado puertorrique\u00f1o a trav\u00e9s de un\nrefer\u00e9ndum. <\/p>\n\n\n\n<p>En t\u00e9rminos espec\u00edficos, dentro de lo que respecta al sistema electoral vigente para el cargo de gobernador, la Constituci\u00f3n de Puerto Rico expone que: \u201c[e]l Poder Ejecutivo se ejercer\u00e1 por un Gobernador, quien ser\u00e1 elegido por voto directo en cada elecci\u00f3n general\u201d.[efn_note]CONST. PR art. IV, \u00a7 1.   [\/efn_note] Posteriormente, se plantea que la elecci\u00f3n deber\u00e1 celebrarse en el mes de noviembre, exponiendo que: \u201c[t]odo funcionario de elecci\u00f3n popular ser\u00e1 elegido por voto directo y se declarar\u00e1 electo aquel candidato para un cargo que obtenga un n\u00famero mayor de votos que el obtenido por cualquiera de los dem\u00e1s candidatos para el mismo cargo\u201d.[efn_note]<em>Id<\/em>.&nbsp; art. VI, \u00a7 4.   [\/efn_note]\n\n\n\n<p>De acordarse la celebraci\u00f3n de una SVE en la Isla, se tendr\u00eda que enmendar el lenguaje donde se expone la especificidad del mes de noviembre como la fecha para las elecciones generales, as\u00ed como insertarse el espacio requerido para una SVE.[efn_note]<em>V\u00e9ase <\/em>CONST. PR art. VI, \u00a7 4 (donde se establece las pautas del proceso de elecci\u00f3n en Puerto Rico incluyendo la fecha).   [\/efn_note] Asimismo, se tendr\u00e1 que exponer el respectivo mecanismo de SVE que se desee implementar, ya sea sin barrera de acceso, con acceso simple o con un mecanismo compuesto de acceso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusiones y Recomendaciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como se ha\npodido apreciar a trav\u00e9s de la revisi\u00f3n de literatura y los objetivos\npropuestos para dicho trabajo, el sistema de SVE es uno mucho m\u00e1s diverso,\ncomplejo y abarcador de lo que pudiera percibirse a simple vista. Luego de los\nresultados electorales de 2016 y 2020, es pertinente cuestionarse si bajo el\nsistema electoral actual se satisfacen democr\u00e1ticamente los reclamos de una\npoblaci\u00f3n significativa que compone un bloque electoral considerable y que\npudiera estar en desacuerdo con los partidos tradicionales. <\/p>\n\n\n\n<p>Tras la\ndebacle en el a\u00f1o 2020 de la Comisi\u00f3n Estatal de Elecciones, junto a sus\nprimarias, elecciones y escrutinios generales, es imprescindible reformularse\nla legislaci\u00f3n electoral de manera ponderada y en consenso. Por lo antes\nexpuesto, considero fundamental que se comience una discusi\u00f3n amplia y\nabarcadora \u2014entre los principales acad\u00e9micos del derecho electoral, sectores de\nla sociedad civil e integrantes de diversos partidos pol\u00edticos\u2014 para auscultar\nla posibilidad de reformar el sistema electoral vigente. Si bien se expone el\ncaso particular de analizar la implementaci\u00f3n de una SVE para el cargo de\ngobernador en Puerto Rico, no se limita a que el an\u00e1lisis sea necesariamente\npara dicha posici\u00f3n. A su vez, no se cierra la puerta a otras propuestas como\nlo son la figura del vicegobernador electo, el refer\u00e9ndum revocatorio o el\nsistema de representaci\u00f3n proporcional. Es meritorio recalcar la idoneidad de\ndiscutir la inserci\u00f3n y permisibilidad de las alianzas pol\u00edticas en la\nisla.&nbsp; <\/p>\n\n\n\n<p>Para lograr dicha encomienda, se requiere un activismo social en el que aquellos ciudadanos que entiendan la necesidad de cambiar el sistema electoral se inserten en los procesos correspondientes. Como parte de las tareas principales, se encuentra el orientar a la ciudadan\u00eda, as\u00ed como ejercer la debida presi\u00f3n en los foros pertinentes. Al final del d\u00eda: \u201csigue siendo responsabilidad de los ciudadanos y de sus organizaciones buscar el mejoramiento constante de los gobiernos y, por lo tanto, de los partidos y los procesos electorales; esto es, fortalecer la pol\u00edtica, en vez de evadirla\u201d.[efn_note]Rodolfo Canto S\u00e1enz, <em>Gobernanza y democracia: De vuelta al r\u00edo turbio de la pol\u00edtica<\/em>, 21 GESTi\u00f3n y Pol\u00edtica P\u00fablica 333, 370 (2012).   [\/efn_note] <\/p>\n\n\n\n<p>No debe sorprender que exista\ncierta oposici\u00f3n a dicho mecanismo. Un cambio en el sistema electoral\nresultar\u00eda en una alteraci\u00f3n al orden sociopol\u00edtico y jur\u00eddico del pa\u00eds, en la\nmedida en que entraran al ruedo electoral otros factores y actores pol\u00edticos.\nCon los cambios propuestos, se afectar\u00eda sustancialmente el <em>statu quo<\/em> que impera en el pa\u00eds. Dentro\nde la materia electoral y pol\u00edtica, un gran sector tendr\u00eda que salir de su zona\nde comodidad y conveniencia, al tener que buscar posibles electores m\u00e1s all\u00e1 de\nsus propios simpatizantes. Sobre este particular, es importante hacer hincapi\u00e9\nen la necesidad de comprender y cabildear \u2014por parte de la ciudadan\u00eda\u2014 ya que\ndichos cambios pudieran plantear una ausencia de voluntad pol\u00edtica de aquellos\nque tienen el control de las reglas electorales en el pa\u00eds. <\/p>\n\n\n\n<p>Se concluye\neste trabajo dejando la puerta abierta para un estudio m\u00e1s abarcador y profundo\nsobre esta tem\u00e1tica, esperando que se hayan podido adelantar pasos en los\ncimientos concernientes a la misma, y reconociendo que:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>               Si Puerto Rico desea recobrar el sitial de los tiempos en que supuestamente goz\u00e1bamos de ostentar uno de los mayores \u00edndices de participaci\u00f3n electoral \u2014dato tambi\u00e9n cuestionado en tiempos recientes\u2014 ha llegado el momento de dise\u00f1ar y reestructurar el andamiaje electoral de la Isla a trav\u00e9s de procesos abiertos, transparentes y equitativos. La democracia se nutre de la participaci\u00f3n y no de la enajenaci\u00f3n. Ante los retos de una sociedad caracterizada por la globalizaci\u00f3n y la eliminaci\u00f3n de fronteras, debemos enfrentar esos desaf\u00edos con herramientas efectivas, realistas y pr\u00e1cticas.[efn_note]JOS\u00c9 LUIS COL\u00d3N GONZ\u00c1LEZ, RUPTURAS CON EL PODER: LOS PARTIDOS MUNICIPALES EN YAUCO, 1906-1914, 218 (2016).    [\/efn_note]<br><\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\" \/>\n\n\n\n<p>*El autor es egresado de la\nUniversidad de Puerto Rico \u2013 Recinto de R\u00edo Piedras, donde obtuvo un\nbachillerato en Ciencia Pol\u00edtica y una maestr\u00eda en la Escuela Graduada de\nAdministraci\u00f3n P\u00fablica \u2013 Roberto S\u00e1nchez Vilella. En el presente realiza\nestudios conducentes al grado de doctorado en Derecho, Gobierno y Pol\u00edticas\nP\u00fablicas de la Universidad Aut\u00f3noma de Madrid. Fue Editor Asistente de la\nRevista de Administraci\u00f3n P\u00fablica, y ha participado de varias investigaciones\ncon la RAND Corporation y el Centro de Estudios Puertorrique\u00f1os en Hunter\nCollege del City University of New York. <\/p>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ART\u00cdCULO Por: Jos\u00e9 Luis Col\u00f3n Rivera* Introducci\u00f3n Durante la segunda d\u00e9cada del siglo XXI, m\u00faltiples fen\u00f3menos electorales, sociales y pol\u00edticos han tenido un impacto significativo a nivel mundial. Esto pudiera estar sucediendo tanto por el auge de figuras pol\u00edticas fuera del molde tradicional que han ascendido al poder, as\u00ed como por el establecimiento de partidos<\/p>\n<div class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2021\/02\/11\/una-mirada-al-argumento-para-una-segunda-vuelta-electoral-en-puerto-rico\/\" title=\"Read More\">Read More<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":23,"featured_media":2791,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[46,120],"class_list":{"0":"post-2768","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-articulos","8":"tag-democracia","9":"tag-segunda-vuelta-electoral"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2768","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/users\/23"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2768"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2768\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2791"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2768"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2768"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2768"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}