{"id":3494,"date":"2022-04-21T12:50:02","date_gmt":"2022-04-21T16:50:02","guid":{"rendered":"https:\/\/revistajuridica.uprrp.edu\/inrev\/?p=3494"},"modified":"2022-04-21T12:50:02","modified_gmt":"2022-04-21T16:50:02","slug":"el-blockchain-en-la-profesion-legal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2022\/04\/21\/el-blockchain-en-la-profesion-legal\/","title":{"rendered":"El blockchain en la profesi\u00f3n legal"},"content":{"rendered":"<h5 style=\"text-align: center\">Comentario<\/h5>\n<h5>Por: Jayra N. Rodr\u00edguez Ortiz*<\/h5>\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Cuando las personas escuchan la palabra <em>blockchain<\/em> es muy probable que la asocien con la moneda virtual Bitcoin. Aunque esta moneda virtual sent\u00f3 las bases para que la industria del <em>blockchain<\/em> se diera a conocer, la tecnolog\u00eda subyacente del <em>blockchain<\/em> tiene el potencial por s\u00ed sola para innumerables casos de uso y una aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica para otros campos.<\/p>\n<p>El blockchain es un sistema que mantiene un registro distribuido de informaci\u00f3n a trav\u00e9s de una red de computadoras. Esta plataforma contiene reglas sobre como se pueden a\u00f1adir y guardar los datos. Una vez almacenados, es pr\u00e1cticamente imposible modificar o eliminar la informaci\u00f3n. Estos datos se agregan con el tiempo en estructuras llamadas bloques mediante un mecanismo de consenso entre los participantes de la red. Cada bloque de informaci\u00f3n est\u00e1 construido encima del \u00faltimo e incluye una pieza de informaci\u00f3n que se enlaza con el anterior. De ah\u00ed surge su nombre \u2018cadena de bloques\u2019 o blockchain. En t\u00e9rminos sencillos, es esencialmente un registro digital de transacciones que se duplica y se distribuye a trav\u00e9s de toda una red descentralizada de sistemas de informaci\u00f3n en la cadena de bloques.<\/p>\n<p>Por lo general, los sistemas actuales que tenemos suelen ser centralizados o controlados por una sola autoridad. En un sistema centralizado, la distribuci\u00f3n del poder se concentra en un punto central dentro del sistema, que autoriza y transmite las decisiones y luego se transmiten a niveles m\u00e1s bajos. Este modelo puede tener ventajas a largo plazo.[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> Todd J. Finch, Decentralized: Blockchain and the Future Web (2018) (para una gu\u00eda introductoria sobre la descentralizaci\u00f3n y centralizaci\u00f3n en los servicios de las plataformas web).[\/efn_note] Sin embargo, algunas desventajas contrarrestan su beneficio ya que la retenci\u00f3n del poder en el nivel superior excluye a las personas en niveles m\u00e1s bajos, la falta de comunicaci\u00f3n crea discrepancias entre el poder central y los niveles inferiores, admite una alta probabilidad de corrupci\u00f3n, entre otros.[efn_note]<em>V\u00e9ase What is Decentralization in Blockchain?<\/em>, AWS, https:\/\/aws.amazon.com\/es\/blockchain\/decentralization-in-blockchain\/ (\u00faltima visita 20 de febrero de 2022).[\/efn_note]\n<p>La red descentralizada se ha convertido en una alternativa v\u00e1lida a las estructuras de poder existentes centralizadas. El potencial de la descentralizaci\u00f3n mejorar\u00eda esas lagunas precisamente porque no se puede eliminar ni tomar el control de forma maliciosa. La tecnolog\u00eda descentralizada abre las puertas a la colaboraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre personas, sin que ninguna tenga el control sobre la otra. Lo anterior, permite que cualquiera pueda ver las transacciones en la cadena de bloques sin que nadie tenga el poder de editar las entradas acordadas por consenso. Este mecanismo establece confianza, rendici\u00f3n de cuentas y transparencia.<\/p>\n<p>El <em>blockchain<\/em> tiene muchos atributos que pueden ser extensivos a un sinn\u00famero de situaciones cotidianas en nuestras vidas. Esta tecnolog\u00eda ha revolucionado los mercados financieros por su utilidad en el contexto de las transacciones financieras, los sistemas de pagos y monedas digitales como <em>Bitcoin,<\/em> <em>Ethereum<\/em>, y las dem\u00e1s <em>altcoins<\/em>. Adem\u00e1s de tener una presencia marcada en los distintos segmentos de los mercados, esta tecnolog\u00eda puede trascender a la organizaci\u00f3n de actividades jur\u00eddicas y ser aplicable al sistema legal en la aplicaci\u00f3n de la justicia.<\/p>\n<p>Espec\u00edficamente, el <em>blockchain<\/em> tiene unas caracter\u00edsticas particulares que permiten el almacenamiento de informaci\u00f3n las cuales pueden ser \u00fatiles para ayudar a los profesionales del derecho en la pr\u00e1ctica legal y al sistema de tribunales. Tambi\u00e9n, puede cambiar la forma en que las personas comunes realizan negocios jur\u00eddicos, desde la transferencia de activos o propiedades a trav\u00e9s de contratos inteligentes o<em> smart contracts<\/em> hasta la autenticaci\u00f3n de evidencia. En consecuencia, la adopci\u00f3n de esta tecnolog\u00eda tiene el potencial de impactar y modificar la profesi\u00f3n jur\u00eddica. M\u00e1s all\u00e1 de automatizar o suplantar los procesos actuales, el <em>blockchain<\/em> busca transformar la forma en que se brindan los servicios de una manera que antes era inconcebible. Este sistema se presta a complementar los modelos existentes centralizados con el modelo del futuro: la descentralizaci\u00f3n disruptiva de la informaci\u00f3n. Se prev\u00e9 que esta tecnolog\u00eda revolucionaria enfrentar\u00e1 resistencia como todo lo nuevo. Sin embargo, con el pasar del tiempo estimo que podr\u00eda constituir la nueva forma de hacer las cosas instintivamente. Ahora bien, la adopci\u00f3n del <em>blockchain<\/em> requerir\u00e1 un esfuerzo colaborativo y participativo para lograr una transformaci\u00f3n significativa en nuestro ordenamiento.<\/p>\n<p><strong>I. La funci\u00f3n pr\u00e1ctica de la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em><\/strong><\/p>\n<p>En t\u00e9rminos generales, \u201cla tecnolog\u00eda conocida como <em>blockchain<\/em> se puede equiparar con un libro de contabilidad o <em>ledger<\/em> que registra transacciones realizadas entre dos partes de una manera eficiente, verificable y permanente\u201d.[efn_note]RICHARD SUSSKIND, ONLINE COURTS AND THE FUTURE OF JUSTICE 38 (2019) (traducci\u00f3n suplida).[\/efn_note] Esta tecnolog\u00eda disruptiva se caracteriza por ser colaborativa, descentralizada y transparente \u2014 es compartida, actualizada y monitoreada por todos pero que nadie posee ni controla\u2014.[efn_note]MELANIE SWAN, BLOCKCHAIN: BLUEPRINT FOR A NEW ECONOMY 1 (2015).[\/efn_note] Es un repositorio de informaci\u00f3n \u201cuniversal, continuo, guiado por consenso y p\u00fablicamente auditable\u201d.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 44 (traducci\u00f3n suplida).[\/efn_note] Si bien se puede considerar que este sistema reemplaza los registros y sistemas de archivos tradicionales, la realidad es que la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> no automatiza estos procesos preexistentes,[efn_note]SUSSKIND, <em>supra<\/em> nota 3, en las p\u00e1gs. 38-39. (esta tecnolog\u00eda permite realizar lo que Daniel Susskind denomina como el <em>task encroachment<\/em> \u2014la capacidad que tienen las m\u00e1quinas para tomar y ejecutar mayores cantidades de trabajo en comparaci\u00f3n con los humanos\u2014).[\/efn_note] ya que a trav\u00e9s de las diversas caracter\u00edsticas distinguibles antes mencionadas ofrece una experiencia completamente nueva.<a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\"><\/a><\/p>\n<p>El <em>blockchain<\/em> tiene distintas funcionalidades: la versi\u00f3n original es el <em>Blockchain 1.0<\/em>, esta primera aplicaci\u00f3n tiene un uso pr\u00e1ctico para descentralizar la moneda y el sistema de pago digital. Dicha tecnolog\u00eda tiene el potencial de \u201cconvertirse en el \u2018<em>Internet of Money\u2019<\/em> conectando las finanzas de la misma forma que el <em>Internet of Things<\/em> (IoT) conecta los aparatos electr\u00f3nicos\u201d.[efn_note]SWAN, <em>supra<\/em> nota 4, en la p\u00e1g. 5 (traducci\u00f3n suplida). <em>V\u00e9ase<\/em> tambi\u00e9n SUSSKIND, <em>supra<\/em> nota 3, en la p\u00e1g. 39 (donde se define el <em>Internet of Things<\/em> como un t\u00e9rmino que se refiere a la presencia de chips en objetos cotidianos, los cuales son controlados directamente por las personas y estos est\u00e1n conectados entre s\u00ed a trav\u00e9s del Internet).[\/efn_note]\n<p>Por su parte, el <em>Blockchain 2.0<\/em> es el segundo nivel de desarrollo para la descentralizaci\u00f3n de los mercados \u2014va m\u00e1s all\u00e1 de la cesi\u00f3n del dinero o de la moneda utilizando el <em>blockchain<\/em> y contempla la transferencia de activos y otras unidades de valor\u2014que engloba una variedad de categor\u00edas amplias.[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> SWAN, <em>supra<\/em> nota 4, en las p\u00e1gs. 9-10. (para conocer los posibles usos de esta tecnolog\u00eda en las transacciones financieras, los registros p\u00fablicos y privados, formas digitales de identificaci\u00f3n personal, atestaciones y propiedades intangibles y f\u00edsicas).[\/efn_note] La funcionalidad principal de esta versi\u00f3n 2.0 del <em>blockchain<\/em> es registrar, confirmar, ejecutar y transferir toda forma de contratos y propiedad. El desarrollador del <em>Bitcoin<\/em> especifica que, a trav\u00e9s del <em>blockhain 2.0<\/em>, se pueden realizar transacciones descentralizadas tales como <em>escrow transactions, bonded contracts, third-party arbitration, multiparty signature transactions<\/em>.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 10.[\/efn_note] Lo anterior cobra especial relevancia para funciones tradicionalmente delegadas a los abogados y notarios p\u00fablicos.<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el <em>Blockchain 3.0<\/em> se considera una aplicaci\u00f3n de justicia que \u2014transciende la descentralizaci\u00f3n de la econom\u00eda y de los mercados\u2014 organiza actividades de una manera nueva y m\u00e1s efectiva hasta el momento.[efn_note]<em>Id<\/em>. en la p\u00e1g. 27.[\/efn_note] Asimismo, facilita la coordinaci\u00f3n eficiente de toda forma de interacci\u00f3n y colaboraci\u00f3n entre individuos y <em>human\/machine interaction<\/em>.[efn_note]<em>Id<\/em>.[\/efn_note] En lo pertinente a la profesi\u00f3n legal, la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> puede reinventar categor\u00edas tales como: la verificaci\u00f3n de la identidad digital de un individuo, los servicios de atestaci\u00f3n en el <em>blockchain<\/em> para la notar\u00eda, la propiedad intelectual y otros servicios tradicionalmente provistos para la resoluci\u00f3n de disputas de una manera descentralizada.<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p><strong>II. Aplicaci\u00f3n <\/strong><strong>en el Sistema legal<\/strong><\/p>\n<p><em>A.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/em><em>Regulaci\u00f3n gubernamental<\/em><\/p>\n<p>Actualmente, no hay ninguna legislaci\u00f3n que regule la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> en Puerto Rico aunque cabe destacar que en el pasado se han realizado esfuerzos de organizaci\u00f3n dirigidos para atender el tema.[efn_note]Eva Llor\u00e9ns V\u00e9lez, <em>Blockchain Advisory Council Established by Puerto Rico Government<\/em>, CARIBBEAN BUSINESS (16 de marzo de 2018), https:\/\/caribbeanbusiness.com\/blockchain-advisory-council-established-by-puerto-rico-government\/.[\/efn_note] Por otro lado, diecisiete estados de los Estados Unidos de Am\u00e9rica han introducido legislaci\u00f3n relacionada al <em>blockchain<\/em> durante el a\u00f1o 2021 adoptando variaciones de la ley estatal, <em>Uniform Electronic Transactions Act<\/em> (\u201cUETA\u201d).[efn_note]Heather Morton, <em>Blockchain 2021 Legislation<\/em>, NAT\u2019L CONF. ON STATE LEGISLATURES (16 de marzo de 2021), https:\/\/www.ncsl.org\/research\/financial-services-and-commerce\/blockchain-2021-legislation.aspx.[\/efn_note] Mientras que, a nivel federal, el gobierno central promulg\u00f3 la <em>Electronic Signatures in Global and National Commerce Act <\/em>(\u201cESIGN\u201d), la cual aplica a todo el pa\u00eds estadounidense, incluyendo a los Estados, para regular provisiones relacionadas a las firmas electr\u00f3nicas y <em>registros electr\u00f3nicos<\/em>.[efn_note]<em>Guidance Note Regarding The Relation Between The Uniform Electronic Transactions Act and Federal Esign Act, Blockchain Technology and \u201cSmart Contracts\u201d<\/em>, UNIFORM LAW COMMISSION, https:\/\/www.uniformlaws.org\/HigherLogic\/System\/DownloadDocumentFile.ashx?DocumentFileKey=d2026984-1040-3c6f-62c8-a676b12d7bff (\u00faltima visita 20 de febrero de 2022) (\u00e9nfasis suplido); <em>v\u00e9ase tambi\u00e9n<\/em> Smart Contracts Alliance, <em>Smart Contracts: Is the Law Ready?<\/em>, DIGITAL CHAMBER OF COMMERCE (septiembre 2018), https:\/\/digitalchamber.s3.amazonaws.com\/Smart-Contracts-Whitepaper-WEB.pdf.[\/efn_note] Pero, al momento, ESIGN no regula la tecnolog\u00eda de <em>blockchain<\/em> ni las monedas digitales que se encuentran en la cadena de bloques. En otras palabras, pese al inter\u00e9s que han creado estas nuevas tecnolog\u00edas, hoy en d\u00eda, el gobierno federal no ha ejercitado sus prerrogativas constitucionales para regular el <em>blockchain<\/em> espec\u00edficamente y ocupar el campo frente a la legislaci\u00f3n estatal.[efn_note]Insider Intelligence, <em>How The Laws &amp; Regulations Affecting Blockchain Technology and Cryptocurrencies, Like Bitcoin, Can Impact Its Adoption<\/em>, BUSINESS INSIDER (27 de enero de 2021), https:\/\/www.businessinsider.com\/blockchain-cryptocurrency-regulations-us-global.[\/efn_note]\n<p><em>B.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/em><em>Efectos en la profesi\u00f3n legal<\/em><\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica legal, el <em>blockchain<\/em> puede afectar el trabajo tanto de los tribunales como de los abogados de dos maneras diferentes: (1) automatizaci\u00f3n \u2014mejorar procesos insertando nuevas tecnolog\u00edas emergentes en viejas pr\u00e1cticas de trabajos\u2014 y (2) transformaci\u00f3n \u2014desplazar y revolucionar esas viejas pr\u00e1cticas y crear un cambio radical realizando cosas nuevas\u2014.[efn_note]SUSSKIND, <em>supra<\/em> nota 3, en las p\u00e1gs. 33-34.[\/efn_note] Esta \u00faltima, seg\u00fan el profesor Richard Susskind, trae la disrupci\u00f3n que permite brindar servicios que de otra manera hubiesen sido impensables e imposibles en el pasado, mientras que la automatizaci\u00f3n fomenta las formas tradicionales de trabajar.[efn_note]<em>Id<\/em>. en la p\u00e1g. 34.[\/efn_note] El profesor Susskind sugiere que la tendencia prevaleciente en el mundo de la tecnolog\u00eda se inclina visiblemente hacia la transformaci\u00f3n con la introducci\u00f3n de sistemas como <em>blockchain<\/em>.[efn_note]<em>Id<\/em>.[\/efn_note] Asegura, adem\u00e1s, que la tecnolog\u00eda traer\u00e1 cambios fundamentales en la sociedad reafirmando que no se trata de sencillamente automatizar las pr\u00e1cticas del pasado.[efn_note]<em>Id<\/em>. en las p\u00e1gs. 34-35.[\/efn_note]<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>El profesor Susskind acu\u00f1a el t\u00e9rmino \u2018conocimiento legal incorporado\u2019 para predecir que las reglas legales estar\u00e1n profundamente arraigadas en nuestros sistemas, procesos y en muchas otras dimensiones de nuestra vida social y laboral durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os.[efn_note]RICHARD SUSSKIND, TOMORROW\u2019S LAWYERS: AN INTRODUCTION TO YOUR FUTURE 51 (2017) (traducci\u00f3n suplida).[\/efn_note] Seg\u00fan Susskind, esto no requerir\u00eda a las personas conocer la ley ni supervisar su cumplimiento, ya que las regulaciones estar\u00edan integradas en la cadena de bloques.[efn_note]<em>Id<\/em>. en las p\u00e1gs. 50-52.[\/efn_note] Adem\u00e1s, plantea que los servicios judiciales cambiar\u00e1n ya que el futuro de las cortes necesariamente reside en el Internet donde la mayor parte de los procedimientos \u2014presentaci\u00f3n de documentos y de pruebas (utilizando <em>blockchain<\/em> para autenticar la evidencia), el juicio y la sentencia\u2014 se realizan en l\u00ednea debido a los avances tecnol\u00f3gicos y las funciones de estas tecnolog\u00edas habilitadoras.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 165-76.[\/efn_note]<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>La pr\u00e1ctica legal se puede beneficiar de esta tecnolog\u00eda para alcanzar una justicia eficaz, en el sentido de que la determinaci\u00f3n generada por la tecnolog\u00eda ser\u00eda tan vinculante para las partes como una decisi\u00f3n judicial tradicional.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 287.[\/efn_note] Tambi\u00e9n, la aplicaci\u00f3n y el pago por los servicios legales y judiciales podr\u00edan estar integrados mediante alg\u00fan tipo de tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em>.[efn_note]<em>Id.<\/em>[\/efn_note] Asimismo, los abogados pueden utilizar la funcionalidad del <em>blockchain<\/em> para crear una \u201cprueba de existencia\u201d y validar documentos tales como testamentos, escrituras, poderes, pagar\u00e9s, sin divulgar el contenido de la informaci\u00f3n para preservar su confidencialidad.[efn_note]<em>V\u00e9ase<\/em> SWAN, <em>supra<\/em> nota 4, en la p\u00e1g. 38 donde se discute el t\u00e9rmino <em>Proof of Existence<\/em> como una v\u00eda para demostrar la titularidad de un documento sin revelar la informaci\u00f3n que contiene y proveer evidencia del momento particular en que un documento fue creado.[\/efn_note] A manera de ejemplo, se podr\u00eda presentar ante un tribunal o ante terceros como evidencia de los negocios jur\u00eddicos inalterados con un certificado que da fe del contenido del archivo sin tener que almacenar el documento en s\u00ed.<\/p>\n<p>Richard Susskind advierte que la disrupci\u00f3n de esta tecnolog\u00eda revolucionaria necesariamente conllevar\u00e1 a que los abogados ya no sean imprescindibles para llamar la atenci\u00f3n de los clientes sobre circunstancias de importancia legal.[efn_note]SUSSKIND, <em>supra<\/em> nota 20, en la p\u00e1g. 52. <em>V\u00e9ase tambi\u00e9n<\/em> Marco Iansiti &amp; Karim R. Lakhani, <em>The Truth about Blockchain<\/em>, HARVARD BUSINESS REVIEW, https:\/\/hbr.org\/2017\/01\/the-truth-about-blockchain (\u00faltima visita 20 de febrero de 2021).[\/efn_note] Menciona que, aqu\u00ed es que entra la relevancia de la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> como disruptor, ya que a trav\u00e9s de los contratos inteligentes autoejecutables se podr\u00e1n habilitar, iniciar acciones y ejecutar autom\u00e1ticamente procesos y provisiones, prescindiendo de la asistencia de los abogados.[efn_note]SUSSKIND, <em>supra<\/em> nota 20, en la p\u00e1g. 52.[\/efn_note] Si bien puede que no sea necesaria la intervenci\u00f3n directa de abogados, estimo que s\u00ed ser\u00e1 precisa la asistencia legal tanto de los abogados como de los tribunales para interpretar las reglas integradas en el blockchain y resolver las controversias que se suscitar\u00e1n por la utilizaci\u00f3n de esta tecnolog\u00edas y de sus ecosistemas subyacentes.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><strong>III. Obst\u00e1culos y limitaciones en la implementaci\u00f3n del <em>blockchain<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Como se ha discutido a lo largo de este escrito, el <em>blockchain<\/em> tiene una amplia variedad de beneficios que permite prestar servicios de manera confiable. Sin embargo, a pesar de las utilidades previamente mencionadas, esta tecnolog\u00eda no es favorable para toda situaci\u00f3n ya que no toda operaci\u00f3n tiene un valor de registro. Es decir, no todos los procesos necesitan ser descentralizados, tener reglas integradas para los sistemas de pagos, realizar intercambios entre pares, ni tener un almacenamiento masivo de registros.[efn_note]SWAN, <em>supra<\/em> nota 4, en la p\u00e1g. 66.[\/efn_note] Como todo en Derecho, la decisi\u00f3n depende en gran parte de cuanto se quiera escalar la operaci\u00f3n deseada. La clave reside en distinguir entre las diferentes gamas de funciones con las que la tecnolog\u00eda de <em>blockchain<\/em> podr\u00eda ser \u00fatil. A lo anterior se le a\u00f1ade que, existen otras alternativas m\u00e1s familiares que pueden ser implementadas a trav\u00e9s de la tecnolog\u00eda. Por ejemplo, el conocido almacenamiento en la nube o los <em>distributed computing models<\/em>.[efn_note]<em>Id.<\/em> Los <em>distributed computing<\/em> <em>models<\/em> son estaciones de trabajo interconectadas por un sistema de comunicaci\u00f3n.[\/efn_note] Tambi\u00e9n, se puede argumentar que no se quiere \u201ceconomizar\u201d todo al punto de reducir los aspectos cualitativos de la vida a otros puramente econ\u00f3micos.[efn_note]<em>Id.<\/em>[\/efn_note] No obstante, la utilidad tan amplia que ofrece la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> invita a evaluar las diferentes nociones de transferencia e intercambio creadas.[efn_note]<em>Id.<\/em>[\/efn_note]<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>Ciertamente, existen limitaciones en el <em>blockchain<\/em> que afectar\u00edan la pr\u00e1ctica legal. Un ejemplo de lo anterior es que el <em>blockchain<\/em> no es necesario para registrar una marca del tiempo (\u201c<em>timestamping<\/em>\u201d) de la creaci\u00f3n del documento para llevar a cabo el negocio jur\u00eddico. A su vez, esta tecnolog\u00eda requiere pagar una tarifa de transacci\u00f3n para almacenar en el <em>blockchain<\/em>.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 39-40.[\/efn_note] Otro factor que pesa en contra es que la confirmaci\u00f3n de la transacci\u00f3n no es inmediata. Esto quiere decir que, el hecho registrado ser\u00e1 el momento en que la informaci\u00f3n ingresa al <em>blockchain<\/em> y este no necesariamente coincidir\u00e1 con el momento en que se envi\u00f3 al <em>blockchain<\/em>.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 40.[\/efn_note] No obstante, esta limitaci\u00f3n no es irremediable ya que existen algunas propuestas para sobrellevar estos obst\u00e1culos. Entre ellas, se puede requerir una prueba de identidad digital para demostrar la titularidad y utilizar un elemento externo complementario al <em>blockchain<\/em> para a\u00f1adir el <em>timestamping<\/em> y as\u00ed establecer el momento de creaci\u00f3n del documento.[efn_note]<em>Id.<\/em>[\/efn_note]<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>Por otra parte, la regulaci\u00f3n gubernamental de cada pa\u00eds se presta a ser un factor determinante en cuanto a si esta tecnolog\u00eda se inhibe o se propulsa para convertirse en una industria de servicios reconocida.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 6 y 87.[\/efn_note] La forma en que se desarrolla la legislaci\u00f3n a nivel estatal y federal \u2014aplicable a Puerto Rico\u2014 podr\u00eda ser uno de los elementos m\u00e1s importantes en cuanto al crecimiento de la cadena de bloques y su acogida para la provisi\u00f3n de los distintos servicios en la pr\u00e1ctica legal. Otra barrera que obstruye la aceptaci\u00f3n del <em>blockchain<\/em> es la percepci\u00f3n p\u00fablica como un medio para ocultar actividades il\u00edcitas y maliciosas.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 85-86.[\/efn_note] Sin embargo, se puede objetar en contra de esto argumentando que la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> en s\u00ed es neutral, aunque su uso dual, como cualquier otra tecnolog\u00eda, puede utilizarse para bien o para mal. Aunque existen posibilidades de uso malintencionado en la cadena de bloques, los beneficios potenciales superan en gran medida los posibles inconvenientes antes mencionados. Los modelos de la industria <em>blockchain<\/em> deben solidificarse y madurar de manera que existan mejores salvaguardas para estabilizar dicha industria y permitir la distinci\u00f3n entre los usuarios buenos y malos por parte de la comunidad interna y externa.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 86.[\/efn_note] Con el tiempo, la apreciaci\u00f3n del p\u00fablico en general puede cambiar en la medida que m\u00e1s personas est\u00e9n m\u00e1s expuestas e informadas al <em>blockchain<\/em>.<a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n<p>Atado al tema de la percepci\u00f3n p\u00fablica, se encuentra el manejo de privacidad de registros personales de los individuos, lo cual representa un reto. El escepticismo de las personas para almacenar su informaci\u00f3n de una manera descentralizada y la desconfianza en el acceso encriptado a trav\u00e9s del <em>blockchain<\/em> son factores que juegan en contra de la aceptaci\u00f3n de esta tecnolog\u00eda. Asimismo, existe una preocupaci\u00f3n de que la informaci\u00f3n en l\u00ednea sea expuesta o robada.[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 88.[\/efn_note] Todav\u00eda m\u00e1s, hay quienes consideran que existe la posibilidad de que toda la industria del <em>blockchain<\/em> simplemente colapse por las problem\u00e1ticas previamente se\u00f1aladas y debido a que a\u00fan no tiene una fuerte presencia.[efn_note]<em>Id.<\/em> en las p\u00e1gs. 86-87.[\/efn_note] Frente a esta realidad, se tendr\u00e1 que comenzar un proceso de educaci\u00f3n a la comunidad general para atender estos asuntos antes de que las personas se sientan seguras al tener su informaci\u00f3n personal almacenada.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el reto que enfrenta el modelo de negocios del <em>blockchain<\/em> vis a vis el modelo de negocio tradicional es que la reconfiguraci\u00f3n puede resultar muy onerosa pese a la proposici\u00f3n de valor que ofrece esta tecnolog\u00eda. Reconfigurar todos los negocios y el comercio con contratos inteligentes puede ser complicado y dif\u00edcil de ejecutar e implementar, m\u00e1s a\u00fan cuando existen otras alternativas que ofrecen servicios suplementarios tales como los <em>open source software<\/em> y los <em>softwares as a service<\/em> (\u201cSaaS\u201d).[efn_note]<em>Id.<\/em> en la p\u00e1g. 85.[\/efn_note]\n<p><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> es una manifestaci\u00f3n expresa de la descentralizaci\u00f3n y provee una soluci\u00f3n transformadora y segura de almacenar la informaci\u00f3n. La aplicaci\u00f3n del <em>blockchain<\/em> al derecho se promueve como alternativa para hacer m\u00e1s accesible, transparente, asequible y eficiente el sector legal. Tanto abogados como jueces pueden servirse de esta para facilitar sus tareas transaccionales y administrativas, ya sea para plasmar acuerdos jur\u00eddicos de una manera que sea inalterable, simplificar las firmas digitales, almacenar negocios jur\u00eddicos o para gestionar otro tipo de actividades que agilicen sus trabajos rutinarios. Esto, a su vez, hace que el sistema legal est\u00e9 al alcance de los ciudadanos al permitir que todas las partes tengan acceso, conozcan y comprendan claramente las transacciones que realizan, y garantiza la ejecuci\u00f3n y el cumplimiento de lo all\u00ed estipulado.<\/p>\n<p>Algunas de las posibles aplicaciones del <em>blockchain<\/em> a la industria legal incluyen: las firmas electr\u00f3nicas, la propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, los sistemas de arbitraje, los contratos inteligentes y los servicios de atestaci\u00f3n para la notar\u00eda. Estos ejemplos son algunos de las primeras implementaciones identificadas de los modelos de descentralizaci\u00f3n concebidas para la pr\u00e1ctica legal, las cuales permiten una coordinaci\u00f3n a mayor escala de los servicios legales. Algunas de las alternativas propuestas antes esbozadas pueden incluirse a la tecnolog\u00eda <em>blockchain<\/em> para proporcionar una funcionalidad adicional y complementaria de manera que los modelos centralizados y descentralizados puedan coexistir. Por otra parte, a pesar de las limitaciones evaluadas, no hay duda de que el <em>blockchain<\/em> es una tecnolog\u00eda disruptiva que tiene m\u00e1s factores que juegan a su favor que en su contra, y pueden ser implementados en la pr\u00e1ctica legal. La aplicaci\u00f3n del <em>blockchain<\/em> en el sector legal puede sustituir figuras intermediarias en muchos procesos legales. No obstante, los abogados seguir\u00e1n siendo pertinentes y podr\u00e1n ejercer una funci\u00f3n revisora en la verificaci\u00f3n y confirmaci\u00f3n de los negocios jur\u00eddicos entre las partes. Lo anterior ser\u00e1 posible en la medida que el abogado se adapte y se mantenga relevante en la era digital.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<hr \/>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a>* Estudiante de tercer a\u00f1o de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y Directora del Volumen 91 de la Revista Jur\u00eddica de la Universidad de Puerto Rico.\t\t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Comentario Por: Jayra N. Rodr\u00edguez Ortiz* Introducci\u00f3n Cuando las personas escuchan la palabra blockchain es muy probable que la asocien con la moneda virtual Bitcoin. Aunque esta moneda virtual sent\u00f3 las bases para que la industria del blockchain se diera a conocer, la tecnolog\u00eda subyacente del blockchain tiene el potencial por s\u00ed sola para innumerables<\/p>\n<div class=\"read-more\"><a href=\"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/2022\/04\/21\/el-blockchain-en-la-profesion-legal\/\" title=\"Read More\">Read More<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":24,"featured_media":3495,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[146,161],"class_list":{"0":"post-3494","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-comentarios","8":"tag-blockchain","9":"tag-derecho-cibernetico"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3494","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/users\/24"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3494"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3494\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3495"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3494"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3494"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/derecho.uprrp.edu\/inrev\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3494"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}