Reseña: Financiamiento de campañas políticas

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Por: William Eduardo Morales

De cara a las elecciones generales este 8 de noviembre, el Cuerpo Editorial de la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico, organizó una serie de tertulias sobre democracia, constitucionalismo y Derecho. El pasado jueves 20 de octubre de 2016, se celebró  la segunda tertulia, cuyo tema fue el financiamiento de las campañas políticas. La tertulia fue moderada por Karla Montañez, Saritza Rivera, y el profesor José L. Nieto Mingo. Los tres panelistas participaron activamente del contenido del Número 4 del Volumen 85.

Para comenzar,  Saritza Rivera, autora del artículo El financiamiento de campañas políticas en Puerto Rico: límites y posibilidades después de Citizens United, cuestionó la influencia del dinero en las campañas políticas y, a su vez, el impacto que puede tener sobre la democracia. Para que entendamos el contexto de este cuestionamiento, Rivera primero explicó brevemente cuatro maneras distintas de financiar campañas y cómo estas contrastan entre sí,  la diferencia entre donaciones y gastos, y cómo el estado de derecho actual protege ciertas actividades que como sociedad, muchos desearíamos cambiar.

Por su parte, Karla Montañez, autora del artículo Las donaciones anónimas y sus implicaciones en la transparencia electoral, expuso ejemplos específicos de los tipos de donaciones políticas que se dan en Estados Unidos y cómo algunos de estos modelos se han adoptado en Puerto Rico. Montañez sintetizó la diferencia entre el donativo político y el gasto político. Además, enfatizó que entender esta diferencia es clave para poder comprender la complejidad del inversionismo político. El inversionismo político, apuntó Montañez, distorsiona la política pública de un candidato porque el financiamiento político puede convertirse en un medio para comprometer a los políticos a repagar con “favores”. Montañez además nos confrontó con la cultura de secretismo que permea el financiamiento de campañas políticas y con la realidad de que algunos académicos y estudiosos del tema defienden este secretismo.

Las presentaciones iniciales de las autoras provocaron una serie de preguntas de parte del público, sobre todo, en torno al gasto irrestricto y cómo este lleva a que ciertos grupos puedan dominar lo que se hace y dice en las campañas políticas. Entonces, ellas pudieron explicar más a fondo que, por un lado, la ley impone unas restricciones sobre los donativos con miras precisamente a controlar el inversionismo político. Al mismo tiempo, no obstante, estos esfuerzos reglamentarios se vuelven inútiles ante la realidad de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha reconocido un derecho fundamental a gastar sin restricción en las campañas políticas.

Esto significa que una persona puede gastar el dinero que desee en realizar una campaña a favor de cierto candidato o en contra de otro candidato o partidos. Sin embargo, no puede donar sin límite a la campaña de un mismo candidato. A manera de ejemplo, una corporación o individuo puede aliarse con un candidato o partido político y decidir gastar todo el dinero que desee en campañas que exalten a ese candidato o partido, o en campañas de ataque en contra de los opositores, aunque no pueda utilizar esa misma cantidad de dinero para donar al candidato directamente. Por lo tanto, el gasto político se convierte en un claro y burdo subterfugio que permite a grupos o individuos con dinero practicar el inversionismo político e influenciar la opinión pública de cara a un proceso eleccionario.

Ante lo anterior, muchos han propuesto como solución que las campañas políticas sean sufragadas en su totalidad por fondos públicos. Aunque el uso del erario para sufragar las campañas políticas como posible solución es en sí objeto de debate, la controversia en Puerto Rico tiene un obstáculo adicional ante dos realidades. La primera es la discutida antes: el estado de derecho actual en Estados Unidos y Puerto Rico es que no se puede limitar el gasto político. La segunda realidad que obstaculiza el uso de fondos públicos para estos fines es la débil situación fiscal de Puerto Rico. Esto último imposibilita alivianar, de alguna manera, la presión del alto costo de las campañas políticas que contribuye al ambiente de inversionismo político, lo que obligaría a aceptar lo primero como bueno.

El efecto es una directa laceración a la democracia en la medida en que el gasto político sin límite le deja la vía franca al inversionismo político. La democracia se afecta cuando unos candidatos pueden beneficiarse del gasto ilimitado de personas y corporaciones, mientras que otros candidatos, cuya calidad como líderes pudiera ser igual o mejor, no tienen acceso similar a esta ventaja. Esto significa que la presencia y posibilidad real de elegir nuevos estilos políticos, candidatos y partidos queda menguada.

Sin duda, esto nos causa decepción, desasosiego y desaliento respecto a nuestro sistema político. Es realmente triste ver la impotencia en que nos encontramos ante un estado de derecho que nos amarró a un sistema de financiamiento de campañas políticas que obliga a elegir entre dos opciones, la que más dinero gaste en la campaña. Ante esta realidad se expusieron posibles soluciones. El profesor Nieto Mingo expuso que una posible solución es que todos los candidatos, en común acuerdo y ante la situación fiscal, decidan establecer fechas precisas para hacer campañas. Que este periodo sea lo más cercano posible a la elección general y así evitar el gasto excesivo y hacer mejor uso del fondo electoral, pero esto tendría que ser voluntario. Por su parte, Karla Montañez propuso que la legislación pertinente contenga penalidades concretas y consistentes. Por último, Saritza Rivera propuso un sistema de pareo de donativos pequeños y el de vales, centrando el financiamiento de campañas en el ciudadano. Este sistema estaría centrado en el votante, lo que a su vez obliga al candidato a prestar mayor atención al ciudadano.

Si interesa saber más del tema y lo que allí se habló, les invito a seguir nuestra página de Facebook, https://www.facebook.com/revistajuridicaupr/, donde podrá ver la grabación del conversatorio, y a leer los artículos de las panelistas, que se encuentran en  http://revistajuridica.uprrp.edu/volumen-85-num-4/.

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