Análisis de la doctrina rebus sic stantibus a la luz de las decisiones de los tribunales y la modificación de los contratos en ciclos económicos

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El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha resuelto que la crisis económica no es razón suficiente para modificar las condiciones de un contrato, aduciendo que los ciclos económicos son predecibles, por lo que no procede utilizar la doctrina rebus sic stantibus. Esta doctrina permite la modificación de los contratos ante los tribunales en casos excepcionales. Es decir, cuando un evento imprevisible hace que sea muy oneroso cumplir con lo pactado. En una sociedad que se encuentra sumergida en una recesión económica por más de trece años, es imperante permitir el crecimiento económico; además la alarmante alza de ejecuciones de hipotecas, trae efectos económicos adversos, tanto para el individuo, como para las instituciones financieras. En este artículo la autora, Nicolemarie Peña Cartagena, analiza las repercusiones de las decisiones de los tribunales y propone alternativas para la modificación de los contratos.

Cita: Nicolemarie Peña Cartagena, Análisis de la doctrina rebus sic stantibus a la luz de las decisiones de los tribunales y la modificación de los contratos en ciclos económicos, 88 Rev. Jur. UPR 540 (2019).

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