Responsabilidad Civil Extracontractual

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En este artículo el Prof. Eugene F. Hestres Vélez examina la responsabilidad de los operadores de un establecimiento nocturno, específicamente de una discoteca, por los daños sufridos por un cliente producto de la comisión de un acto criminal cometido por un tercero. En el artículo se examinan los riesgos que son o deben ser considerados como previsibles así como lo que constituyen medidas adecuadas para mitigar dicho riesgos de manera efectiva y escapar la responsabilidad legal.  La opinión del caso se examina en el contexto de las normas establecidas en J. A. D. M. v. Centro Com. Plaza Carolina, reafirmada en Santiago v. Sup. Grande, así como los argumentos planteados en la opinión disidente respecto a la presentación de evidencia de actividad criminal anterior en el local o en sus inmediaciones como requisito para la imposición de responsabilidad legal bajo estas circunstancias.

Cita: Eugene F. Hestres Vélez, Responsabilidad Civil Extracontractual, 89 Rev. Jur. UPR 587 (2020).


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