COMENTARIO
Por: Carlos V. Villegas*
Introducción
Como consecuencia de la crisis fiscal que atraviesa Puerto Rico, el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley para la supervisión, administración y estabilidad económica de Puerto Rico (P.R.O.M.E.S.A., por sus siglas en inglés).[1] La Ley impuso una Junta de Supervisión y Administración Financiera (en adelante, “Junta”) cuyo objetivo principal es asegurarse que el Gobierno de Puerto Rico pueda seguir funcionando mientras cumple con el pago de su deuda billonaria.[2] La labor de dicha Junta se complicó con el paso de los huracanes Irma y María, ya que para tomar cualquier decisión ahora también se tiene que considerar los estragos causados por estos dos fenómenos naturales. Actualmente, Puerto Rico se encuentra en un proceso de recuperación ya que, como consecuencia de los huracanes recientes, su infraestructura fue significativamente afectada. Resolver dicho problema resulta complicado cuando los procedimientos para obtener permisos de construcción suelen tomar mucho tiempo, ya sea por el volumen de solicitudes que se reciben a diario o por lo difícil que puede ser cumplir con la cantidad de requisitos que exige una agencia para la otorgación de estos. Una de las alternativas disponibles, tanto para el Gobierno como para la esfera privada, para evitar el procedimiento ordinario de otorgación de permisos, se encuentra en P.R.O.M.E.S.A. El Título V de la Ley trata específicamente sobre la revitalización de la infraestructura de Puerto Rico.[3] A pesar de que el Título V de la Ley ofrece un procedimiento alterno para acelerar procesos de construcción, existen dudas sobre si es suficiente para la recuperación infraestructural de la Isla.
I. Título V de la Ley P.R.O.M.E.S.A.
El Título V de la Ley designa en la figura del Gobernador de Puerto Rico la responsabilidad de nombrar a un Coordinador de Revitalización (en adelante, “Coordinador”), tarea que puede realizar la propia Junta en caso de que el Gobernador no lo haga.[4] Actualmente, el Coordinador nombrado por la Junta es el ingeniero aeroespacial puertorriqueño, Noel Zamot. Entre sus funciones se encuentra el evaluar proyectos de construcción que quieren cualificar para el procedimiento expedito de otorgación de permisos que ofrece este Título.[5] Para poder cualificar, el proyecto de construcción tiene que caer dentro de la definición de Critical Project.[6] Para cobijar un proyecto de construcción bajo esta definición, el auspiciador o promovente del proyecto tiene que presentar una solicitud junto con evidencia de que cumple con los requisitos exigidos.[7] Si se cumple en la solicitud con todo lo exigido por el Coordinador, el proyecto pasa a evaluarse para determinar si procede o no clasificarlo como Critical Project.[8]
Primero, el Coordinador, en consulta con el Gobernador de Puerto Rico, identificará las agencias con competencia sobre los permisos necesarios para llevar a cabo el proyecto de construcción sometido.[9] Luego, estas agencias tienen que someter al Coordinador el procedimiento expedito que se utilizará para la concesión del permiso correspondiente al proyecto sometido.[10] El Coordinador, en consulta con el Gobernador y las agencias pertinentes, deberá preparar un informe donde establece si el proyecto debe ser clasificado como Critical Project o no.[11] El informe también es evaluado por un subcomité interagencial sobre el medioambiente, creado por el propio Título, que se encargará de estimar el impacto ambiental del proyecto sometido.[12] Luego de esto, el informe se hace público y se le conceden treinta días a los residentes de Puerto Rico para que comenten específicamente sobre la clasificación del proyecto de construcción como Critical Project.[13] Al finalizar con el periodo concedido para la participación ciudadana, el proyecto es presentado a la Junta, ente que tiene la última palabra para decidir si el proyecto será considerado como Critical Project o no.[14] De ser clasificado como Critical Project, el auspiciador del proyecto podrá solicitar en las agencias pertinentes, de manera expedita, los permisos necesarios para llevar a cabo su proyecto de construcción.[15]
II. Efectos del Título V de la Ley P.R.O.M.E.S.A. en Puerto Rico
Durante los pasados años, Puerto Rico ha descuidado su infraestructura, pieza que suele ser clave para el desarrollo económico y social de un país. Según la analista y socióloga Marcia Rivera, el paso de los huracanes Irma y María por la Isla reveló la fragilidad y mala planificación en la construcción de infraestructura eléctrica y vial.[16] Estos problemas son los que busca atender el Título V de P.R.O.M.E.S.A.
El licenciado Javier Vázquez, ex director de la Compañía de Fomento Industrial, en expresiones hechas a la prensa, opinó que P.R.O.M.E.S.A. es una excelente herramienta que permite identificar y acelerar la atención al deterioro de la infraestructura de la Isla, especialmente la infraestructura eléctrica.[17] Al ser cuestionado por la prensa, el propio Coordinador de Revitalización, Noel Zamot, expresó en una entrevista realizada previo al paso de los huracanes Irma y María, que le daría prioridad bajo el Título V a los proyectos dirigidos a fortalecer la infraestructura eléctrica.[18] Podríamos inferir que dicho enfoque es aun más apremiante y pertinente luego del paso de los huracanes por la Isla, puesto que aún quedan sectores en la Isla sin energía eléctrica, siete meses después de la catástrofe.
Pese al impacto positivo que aparente tener un proceso expedito de permisos de construcción, hay quienes han expresado reservas con el Título V de la Ley. Una de las quejas que se ha presentado relacionada con el Título V de P.R.O.M.E.S.A. es que al requerírsele a un proyecto de construcción una evaluación por un subcomité interagencial sobre el medioambiente, se pierde tiempo de manera innecesaria.[19] Según citó el rotativo Caribbean Business, un miembro del personal que trabajó cerca del texto de la Ley sostuvo que esta disposición es irrelevante puesto que para ser clasificado como un Critical Project se tienen que cumplir requisitos ambientales similares a los que requiere la declaración de impacto ambiental.[20] Más aun, con el requisito de una declaración ambiental se produce una duplicidad de tareas ya que un análisis de impacto ambiental es “parte de un proceso regular de permisos cuando [un proyecto se presenta]oficialmente ante una agencia en Puerto Rico . . .”.[21] Por otro lado, hay quienes piensan que ni la creación de un subcomité interagencial sobre el medioambiente es suficiente para mitigar los efectos negativos que un procedimiento expedito de permisos de construcción ocasiona.[22] En esta línea, los licenciados Rolando Emmanuelli y Yazmín Colón exponen que la implementación de este Título podría traer consigo la “autorización de proyectos perjudiciales para la seguridad y el ambiente”.[23] También señalan que la otorgación de una oportunidad para que los ciudadanos se expresen en torno a los proyectos de construcción es ineficiente ya que el término de treinta días otorgado para que los ciudadanos se expresen es muy breve y la Ley tampoco “garantiza la celebración de vistas públicas” para este propósito.[24]
Conclusión
Después del paso de los huracanes Irma y María son muchos los que están contentos con la existencia del Título V de P.R.O.M.E.S.A. El impacto de los huracanes a la infraestructura eléctrica ha tenido implicaciones significativas tanto en pequeños y grandes negocios de la Isla como también en el sistema de comunicaciones, hospitales y centros de emergencias. Previendo las posibles consecuencias negativas al ambiente que un procedimiento expedito de permisos de construcción pudiera tener, el Título V incorpora mecanismos, como el subcomité interagencial sobre el medioambiente, para evaluar cada proyecto con el objetivo de descartar aquellos que puedan ser más dañinos para el ambiente.
Para principios del año 2017, la Junta ya contaba con varios proyectos ante su consideración para acogerlos bajo el Título V de P.R.O.M.E.S.A.[25] Sin duda, el paso de los huracanes quizás haya cambiado la prioridad de los proyectos en agenda. No obstante, a esta fecha, no se ha anunciado oficialmente un proyecto de construcción clasificado como Critical Project,[26] aunque se espera que la Junta anuncie los primeros proyectos aprobados en algún momento de este verano.[27]
La recuperación de la infraestructura del País, según expertos en construcción, se debe hacer tomando en cuenta la experiencia sufrida para, no solo mejorar la manera de construir estructuras, sino conocer dónde localizarlas.[28] Es importante tener presente que disposiciones como el Título V demuestran que P.R.O.M.E.S.A. no solo trata sobre la reestructuración de la deuda de Puerto Rico. La Ley, al proveer este Título como vehículo, se dirige a promover, a través de la infraestructura, el desarrollo económico de la Isla. Queda por verse cuán determinantes en la recuperación del País serán las provisiones en el Título V. Empero, el hecho de que tengamos el mecanismo disponible le provee tanto al Gobierno como al sector privado alternativas para adelantar proyectos que buscan atender a las infraestructuras que necesitan prioridad en el País.
* El autor es Redactor Digital de In Rev y estudiante de tercer año en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
[1] Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act (P.R.O.M.E.S.A.), 48 U.S.C. § 2101 (2016).
[2] Id. § 2121.
[3] Id. §§ 2211-2217.
[4] Id. § 2212.
[5] Id. § 2213.
[6] Id.
[7] Id. § 2213 (a)(1).
[8] Id. § 2213(b).
[9] Id. § 2213(a)(2).
[10] Id. § 2213(a)(3)(A).
[11] Id. § 2213(b)(1).
[12] Id. § 2214(a)(1).
[13] Id. § 2213(b)(2).
[14] Id. § 2213(c).
[15] Id. § 2213(a)(3)(C).
[16] Gloria Ruiz Kuilan, María revela lo vulnerable de la isla, EL NUEVO DÍA (20 de octubre de 2017), https://www.elnuevodia.com/noticias/locales/nota/mariarevelalovulnerabledelaisla-2367599/.
[17] Eva Lloréns Vélez, Asociación de Industriales de Puerto Rico busca medidas que mejoren la economía de la isla, CARIBBEAN BUSINESS (5 de octubre de 2016), http://cb.pr/asociacion-de-industriales-de-puerto-rico-busca-medidas-que-mejoren-la-economia-de-la-isla/.
[18] José Carmona, Prioridad a proyectos críticos de infraestructura, EL VOCERO (3 de agosto de 2017), https://www.elvocero.com/gobierno/prioridad-a-proyectos-cr-ticos-de-infraestructura/article_86ddabfc-77fb-11e7-b9f7-7309e87207ad.html.
[19] Philipe Schoene Roura, ¿Puede el Título V de Promesa reformar la AEE?, CARIBBEAN BUSINESS (10 de octubre de 2016), http://cb.pr/puede-el-titulo-v-de-promesa-reformar-la-aee/.
[20] Id.
[21] Id.
[22] Rolando Emmanuelli Jiménez & Yasmín Colón Colón, El Título V de PROMESA: Revitalización de la Infraestructura Vital de Puerto Rico, Emergencias, proyectos “Críticos” y procedimiento expedito, BUFETE EMMANUELLI C.S.P. (18 de julio de 2016), http://bufete-emmanuelli.com/promesa/el-titulo-v-de-promesa.html.
[23] Id.
[24] Id.
[25] Presidente de la Junta confirma lista de proyectos prioritarios, NOTICEL (30 de marzo de 2017), http://www.noticel.com/ahora/presidente-de-la-junta-confirma-lista-de-proyectos-prioritarios/609217390.
[26] Según la página web de la Junta, actualmente se encuentran algunos proyectos de infraestructura energética ante su consideración como, por ejemplo, una planta solar para instalarse en el municipio de Barceloneta y un generador hidroeléctrico que sería localizado en el lago Carraízo. Los proyectos que aún continúan siendo considerados bajo el Título V de P.R.O.M.E.S.A. pueden verse en la página web de la Junta: Critical Projects Process: List of Projects Under Consideration, JUNTASUPERVISIÓN.PR, https://cpp.juntasupervision.pr.gov/en/list-of-projects-under-consideration/ (última visita 4 de mayo de 2018).
[27] Joanisabel González, Llegan más propuestas de infraestructura a la Junta, EL NUEVO DÍA (13 de febrero 2018), https://www.elnuevodia.com/negocios/economia/nota/lleganmaspropuestasdeinfraestructuraalajunta-2398254/.
[28] Sharon Minelli Pérez, María deja duras lecciones para la construcción, EL NUEVO DÍA (24 de septiembre de 2017), https://www.elnuevodia.com/negocios/economia/nota/mariadejadurasleccionesparalaconstruccion-2361812/.