Andrea C. Martínez Valle & Joyce M. Burgos Colón
El pasado 15 de septiembre de 2025, en el Atrio de la Biblioteca de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, se celebró el panel interdisciplinario Reglamento Conjunto: Retos Administrativos e Implicaciones Ambientales. La actividad, organizada por el Pro Bono de Derecho Ambiental de la Escuela y la organización El Puente Puerto Rico, reunió a expertos en derecho y planificación para analizar críticamente la trayectoria normativa del Reglamento Conjunto de la Ley Núm. 161-2009 y sus implicaciones para la justicia ambiental, la planificación territorial y la legitimidad institucional.[1] El conversatorio fue moderado por la licenciada Ninoshka Picart y contó con las exposiciones del profesor William Vázquez Irizarry, la profesora Verónica González Rodríguez y el planificador David Carrasquillo Medrano, quienes brindaron perspectivas complementarias desde el derecho, la investigación académica y planificación urbana, promoviendo un diálogo enriquecedor sobre los desafíos y oportunidades en la implementación de la normativa ambiental.







*Fotos tomadas por Robert Feliberty Milland.
El Reglamento Conjunto que surge como mandato de la Ley Núm. 161-2009, reformó el sistema de permisos en Puerto Rico mediante la creación de la Oficina de Gerencia de Permisos (en adelante, “OGPe”) y un Sistema Integrado de Permisos.[2] Su objetivo era centralizar competencias, agilizar trámites y fomentar el desarrollo económico bajo un marco regulatorio uniforme. Sin embargo, desde su primera versión, el reglamento ha enfrentado impugnaciones judiciales, revisiones administrativas y controversias públicas que evidencian una profunda fragilidad institucional.[3]
En 2016, el Tribunal de Apelaciones anuló el reglamento por violaciones al debido proceso, particularmente por la ausencia de vistas públicas sustantivas.[4] En 2019 y 2020, se aprobaron nuevas versiones que también fueron impugnadas por organizaciones ambientales y comunidades, alegando falta de participación ciudadana y deficiencias técnicas.[5] Finalmente, en 2023, el Tribunal Supremo de Puerto Rico en Martínez v. QMC Telecom, declaró nulos los reglamentos de 2019 y 2020, reactivando el Reglamento Conjunto de 2010 (efectivamente el de 2009) como marco vigente.[6] Esta decisión provocó una crisis normativa, ya que el reglamento reactivado no estaba armonizado con el estado de derecho actual ni con las enmiendas posteriores a la Ley Núm. 161-2009.[7] Ante este vacío, el gobierno declaró una “necesidad apremiante” y promulgó el Reglamento Conjunto 2023 sin vistas públicas, justificando la medida como parte de los esfuerzos de recuperación tras huracanes y terremotos.[8] Esta acción fue duramente criticada por sectores académicos y organizaciones, que denunciaron la falta de transparencia y el debilitamiento de los procesos deliberativos.[9]
El profesor William Vázquez Irizarry, catedrático en Derecho Administrativo y Derecho Constitucional, ofreció un análisis detallado sobre lo antes expuesto y los fundamentos normativos del Reglamento Conjunto. Subrayó que la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme exige procesos de participación ciudadana sustantivos para validar reglamentos administrativos;[10] citó el caso Morales v. Junta de Planificación como decisión clave, donde el Tribunal de Apelaciones anuló el reglamento por omitir vistas públicas, reafirmando que la legitimidad normativa depende de la transparencia y el diálogo institucional.[11]
La profesora Verónica González Rodríguez, directora de la sección ambiental de la Clínica de Asistencia Legal de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, abordó las limitaciones procesales que enfrentan las comunidades en Puerto Rico. Denunció que la falta de legitimación activa ha sido utilizada para excluir a terceros interesados, incluso en casos de alto interés público. Criticó la ambigüedad de las resoluciones emitidas por la OGPe que carecen de contenido normativo claro, minando la transparencia y desalentando la participación ciudadana efectiva. González Rodríguez enfatizó que el acceso a la justicia ambiental requiere no solo reformas procesales, sino también un cambio de paradigma institucional que reconozca la importancia de la intervención comunitaria en la toma de decisiones sobre el uso del territorio.
El planificador David Carrasquillo Medrano ofreció una visión crítica sobre la planificación territorial y la permisología automática, señalando que el sistema actual permite aprobar desarrollos sin evaluación ambiental rigurosa. Esto favorece el automatismo del desarrollo sobre la deliberación ambiental y genera impactos acumulativos difíciles de revertir. Denunció que las zonificaciones vigentes no protegen adecuadamente zonas de alto valor ecológico y que algunas aprobaciones se han hecho de manera incorrecta o tergiversando los reglamentos. Por esto, propuso un andamiaje regulatorio coherente que articule la política pública de desarrollo con criterios de sostenibilidad y resiliencia comunitaria. Dicho andamiaje debe garantizar la participación ciudadana efectiva en todas las etapas de planificación y, a su vez, enfatizar la necesidad de integrar la planificación con principios ecológicos y justicia territorial.
Además de la sentencia de 2023, se discutió el litigio pendiente Fideicomiso v. Lassus, en el que se espera la presentación de comentarios escritos en octubre de 2025, cuyo resultado será determinante para el futuro del Reglamento Conjunto y podría abrir la puerta a nuevas impugnaciones.[12] La reactivación del reglamento de 2009 ha generado inseguridad jurídica sobre los permisos expedidos entre 2019 y 2020, y ha puesto en entredicho la validez de cientos de proyectos en curso. La declaración de emergencia normativa por parte del gobierno en 2023, la cual permitió la aprobación acelerada del nuevo reglamento, ha sido interpretada por muchos sectores como una maniobra para evitar el escrutinio público.[13] Esta coyuntura revela una tensión estructural entre la necesidad de agilidad administrativa y el deber de garantizar procesos democráticos en la formulación de política pública.
Las intervenciones del panel convergieron en la necesidad de reformas estructurales que fortalezcan la transparencia institucional, amplíen la legitimación activa y aseguren procesos deliberativos sustantivos. Dichas reformas deben atender la fragmentación normativa entre la Ley Núm. 161-2009, la Ley Núm. 38-2017 y la Ley Núm. 75-1975, así como la falta de coherencia en la implementación de permisos y planes.[14] La consolidación de zonificaciones, la evaluación rigurosa de impactos ambientales y la efectiva participación ciudadana son esenciales para reducir la incertidumbre jurídica y promover decisiones legítimas y sostenibles. Asimismo, es crucial garantizar que los procedimientos administrativos sean transparentes, accesibles y armonizados entre las agencias gubernamentales y la ciudadanía.
La moderadora y licenciada Ninoshka Picart enfatizó que la acción comunitaria y el litigio estratégico constituyen herramientas clave para encauzar el debate hacia una planificación territorial justa y ambientalmente responsable. En última instancia, solo mediante un enfoque inclusivo y coordinado que otorgue voz real a las comunidades y claridad a los procesos, podrá Puerto Rico avanzar hacia una gobernanza ambiental sólida y equitativa.
[1] JP, Reglamento Conjunto para la evaluación y expedición de permisos relacionados al desarrollo, uso de terrenos y operación de negocios, Núm. 9473 (16 de junio de 2023), http://app.estado.gobierno.pr/ReglamentosOnLine/Reglamentos/9473.pdf.
[2] Ley para la reforma del proceso de permisos de Puerto Rico, Ley Núm. 161-2009, 23 LPRA §§ 9011-9028i (2020 & Supl. 2024).
[3] Daniel Rivera Vargas, Divulgan nuevo Reglamento Conjunto y es calificado de “desafío” al Poder Judicial, MICROJURIS (23 de junio de 2023), https://aldia.microjuris.com/2023/06/23/divulgan-nuevo-reglamento-conjunto-y-es-calificado-de-desafio-al-poder-judicial/ (aludiendo a declaraciones de nulidad y críticas hechas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico).
[4] Morales v. Junta de Planificación, KLRA201500421, en la pág. 29 (21 de diciembre de 2016).
[5] Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico y Para la Naturaleza, Inc. v. ELA, KLRA202100047, en las págs. 15-16 (12 de abril de 2021).
[6] Martínez v. QMC Telecom, 212 DPR 285, 290-91 (2023).
[7] 23 LPRA §§ 9011-9028i (2020 & Supl. 2024).
[8] JP, Reglamento Conjunto para la evaluación y expedición de permisos relacionados al desarrollo, uso de terrenos y operación de negocios, Núm. 9473 (16 de junio de 2023), http://app.estado.gobierno.pr/ReglamentosOnLine/Reglamentos/9473.pdf.
[9] Maricarmen Rivera Sánchez, “Estamos perdiendo las viviendas residenciales”, EL NUEVO DÍA, 4 de septiembre de 2025, en la pág. 29.
[10] Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, Ley Núm. 38-2017, 3 LPRA §§ 9612-9613 (2019 & Supl. 2025).
[11] Morales v. Junta de Planificación, KLRA201500421, en la pág. 29 (21 de diciembre de 2016).
[12] Fideicomiso v. Lassus, Civil Núm. SJ2024CV10696 (TPI, San Juan, 21 de abril de 2025).
[13] Orden Ejecutiva Núm. 2023-009, Para declarar una emergencia como consecuencia de los efectos de la erosión costera en la isla e implementar medidas de prevención, mitigación, adaptación y resiliencia; y otros asuntos relacionados (11 de abril de 2023), https://docs.pr.gov/files/Estado/OrdenesEjecutivas/2023/OE-2023-009.pdf.
[14] 3 LPRA §§ 9601-9713 (2019 & Supl. 2025); Ley para la reforma del proceso de permisos de Puerto Rico, Ley Núm. 161-2009, 23 LPRA §§ 9011-9028i (2020 & Supl. 2024); Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico, Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, 23 LPRA §§ 62-63j (2023 & Supl. 2024).