Richard I. Colón Badillo*
Para eso de agosto de 2023 trabajaba un reportaje sobre la vista preliminar en contra de Roy Karakozian en el Tribunal de Caguas, un caso penal sonado en ese entonces no solo por su brutalidad, sino también porque ocurrió dentro del tribunal mencionado.[1] Fue algo insólito para mí, porque llevaba algunos años practicando el periodismo y no había visto hasta ese momento algo similar.
Fue al inicio de ese proceso judicial que el abogado de defensa de Karakozian se encargó de darme un tapaboca metafórico cuando le cuestioné cómo se enfrentaría a las alegaciones de la fiscalía, cuando la televisión nacional grabó el suceso, en vivo y a todo color. A los fiscales les sobraban testigos para someter su caso.
“¿Eso significa que no tiene derecho a defenderse?”, me contestó el abogado sosegado.
El artículo 2, sección 11 de la Constitución de Puerto Rico dispone que: “En todos los procesos criminales, el acusado disfrutará del derecho . . . a tener asistencia de abogado, y a gozar de la presunción de inocencia”.[2] Este derecho es reforzado posteriormente en las Reglas de Procedimiento Criminal de Puerto Rico, específicamente en la regla 110, donde se lee “se presumirá inocente al acusado mientras no se probare lo contrario, y en caso de existir duda razonable acerca de su culpabilidad, se le absolverá”.[3]
En arroz y habichuelas, el Derecho puertorriqueño ha dejado más que claro que, aunque los testigos sean Dios Todopoderoso, Alá, Visnú, Zeus y Odín, un ser humano tiene derecho a defenderse de las alegaciones en su contra ante un tribunal, y será presumido inocente hasta que los hechos se prueben más allá de toda duda razonable.
¿Por qué, entonces, nosotros como sociedad tendemos a adjudicar culpa antes de escuchar la evidencia en los casos más notorios, como el reciente asesinato de Gabriela Nicole Pratts, en Aibonito?
La prensa reportó que la joven de dieciséis años falleció a causa de ocho heridas con un arma blanca, que aún no se ha revelado.[4] La Policía arrestó a dos personas: Elvia Cabrera Rivera y su hija menor de edad, Anthonieska Avilés Cabrera.[5] Sin embargo, según las declaraciones extrajudiciales, se plantea que hubo seis personas más involucradas en la comisión del delito.[6]
En una grabación compartida por televisión se muestra cómo varias personas en el municipio de Aibonito sentenciaron a ambas acusadas tan pronto fueron imputadas del delito. La prensa, lamento decirlo, no ayudó tampoco al realizar preguntas como: “¿Por qué la mataste?”, entremedio de los gritos de “asesinas”.[7]
¿Dónde dejamos entonces esa presunción de inocencia? La contestación es que se queda confinada en la página de un viejo tomo en la Biblioteca de Derecho de nuestra Escuela, mientras los ‘estudios de expertos en lenguaje corporal’ y los memes estableciendo la culpa abundan en las redes.
¿Realmente son inocentes? Honestamente, no sabría decirles. No estuve ese día, ni soy testigo de la fiscalía de Aibonito en ese caso. Tampoco soy el juez para adjudicar esa culpa. Solo tengo una opinión, que cuatro años de estudio en Periodismo y alrededor de siete años de práctica profesional me han enseñado a mantener fuera del ámbito público.
Pero quiero creer en nuestro sistema de justicia, aun con todas sus fallas, y si llegase a juicio, quiero creer que habrá un jurado imparcial que emitirá un veredicto justo con base a la prueba presentada y más allá de toda duda razonable. Porque, después de todo, si no creemos en nuestros sistemas, si no creemos en la justicia, ¿de qué nos servirán los estudios en Derecho?
* Richard I. Colón Badillo es estudiante de primer año en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y periodista en El Nuevo Día. Ha trabajado como periodista por más de siete años para los medios de prensa escrita NotiCel, Metro y El Vocero. En su tiempo libre escribe poesías, cuentos y ensayos mientras es acompañado por sus dos perros desde Manatí.
[1] Pueblo v. Karakozian, KLCE202301065, 2023 PR App. WL 6572804 (26 de septiembre de 2023).
[2] CONST. PR art. II, § 11.
[3] R.P. CRIM. 110, 34 LPRA Ap. II, R. 110 (2016 & Supl. 2022).
[4] Metro Puerto Rico, Lo que se sabe hasta el momento sobre el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario, EL CALCE, (14 de agosto de 2025), https://www.elcalce.com/contexto/2025/08/14/lo-que-se-sabe-hasta-el-momento-sobre-el-asesinato-de-gabriela-nicole-pratts-rosario/.
[5] Tatiana Pérez Ramos, Les gritan “asesinas” a madre e hija acusadas por crimen de Gabriela Nicole, NOTICENTRO WAPA TV (19 de agosto de 2025), https://wapa.tv/noticias/locales/les-gritan-asesinas-a-madre-e-hija-acusadas-por-crimen-de-gabriela-nicole/article_457d6aa4-0fa3-4152-a40e-3b03b139da30.html/.
[6] Metro Puerto Rico, Tía de Gabriella Nicole asegura asesinato de la joven “fue por envidia”, METRO, (12 de agosto de 2025), https://www.metro.pr/noticias/2025/08/12/tia-de-gabriella-nicole-asegura-asesinato-de-la-joven-fue-por-envidia/.
[7] Un crimen atroz desde Aibonito: Radican cargos contra sospechosa de asesinar a Gabriela Nicole (transmisión televisiva de Wapa TV, 19 de agosto de 2025, en 0:09).