RESEÑA

Por: Ariselle Figueroa Lugo*

La Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico llevó a cabo los días 16, 17 y 18 de febrero de 2021, el Simposio: Retos de la Democracia Puertorriqueña. Las conferencias virtuales estuvieron organizadas en tres paneles, dando espacio a discusiones importantes sobre diversos aspectos que emanan de la democracia y sus retos.

El primer panel, moderador por la licenciada Sonia Ivette Vélez Colón y compuesto por la licenciada Yanira Reyes Gil, el licenciado Joel I. Colón Ríos, el licenciado Luis E. Rodriguez Rivera, consistió en una conversación sobre el estado de la democracia bajo una perspectiva global.

A collage of a person

Description automatically generated with medium confidence

I. Factores que afectan la democracia

En el ámbito de los problemas que afectan la democracia, el licenciado Colón Ríos señaló tres factores en específico que entiende que “han estado presentes desde los primeros intentos de institucionalizar el ideal democrático en las revoluciones del siglo XVIII”. Hace énfasis en “la falta de representatividad, la tendencia a la oligarquía y el déficit de participación”.

El profesor y director del Centro de Derecho Público en Nueva Zelanda, Joel Colón Ríos explicó que, la falta de representatividad se ve reflejada cuando se protegen los intereses propios y no se representan o promueven los intereses de los electores.

       La idea de que las legislaturas en última instancia no representan a los ciudadanos no parece estar demasiado alejada de la realidad, las actuaciones de los miembros electos a esas entidades muchas veces parecen ser guiadas no por el intento de canalizar la voluntad popular en aras del bien común, o de dar cumplimiento a la voluntad de los electores, si no en el mejor de los casos parecen estar guiadas por preocupaciones relacionadas a intereses partidistas o al balance de poder dentro de la asamblea y en el peor de los casos, guiados por intereses de grupos económicos específicos.

Sobre el factor de la tendencia a la oligarquía, el profesor Colón Ríos explicó que “el poder se ejerce por una minoría y se ejerce para proteger a esa minoría”. Expuso que tanto el factor de la falta de representatividad y la tendencia a la oligarquía, serian causa y al mismo tiempo efecto del tercer factor, el déficit de participación.

       “La propia falta de representatividad de las instituciones y la tendencia hacia la oligarquía pueden causar apatía entre los electores, es decir un convencimiento de que independientemente de como voten las decisiones gubernamentales no responderán ni a la voluntad ni a los intereses de la mayoría, a la misma vez el mantenimiento y reproducción de sistemas políticos no representativo y con tendencias oligárquicas, no es compatible con la existencia de oportunidades formales de participación popular.”   

II.Crisis de la democracia

La Decana de Asuntos Académicos y Catedrática de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Yanira Reyes Gil, destacó dos fenómenos indicativos de la crisis, mencionó el democratic backsliding, que el profesor Colón Ríos define como situaciones donde gobiernos democráticos debilitan o eliminan elementos que se consideran esenciales para el funcionamiento de una democracia, señalando además como factor el ascenso de los gobiernos autoritarios.

La licenciada Reyes Gil destacó que si aplicáramos la discusión sobre estas tendencias a nivel global en el contexto de Puerto Rico tendríamos que discutir la incorporación de la Junta de Control Fiscal.

“Las medidas de austeridad por un lado porque representa en términos de derechos civiles y políticos una disminución de los derechos en la medida que resta poderes directos a la clase política del país, por otro lado también representa la eliminación de derechos sociales y económicos.”

La licenciada resaltó además, el problema del ascenso de los gobiernos autoritarios y el ascenso de los sectores fundamentalistas en las posiciones de poder. Expuso que muchas veces las acciones  —que ella llama ataques­ por parte de estos sectores provocan la defensa y protección de estos derechos. Señaló como ejemplo la lucha de los grupos feministas y la comunidad LGBTTQ.

“Las religiones y el derecho comparten su discurso de control y de orden.”

III. Función del Derecho Internacional en el decaimiento de la democracia

El profesor Luis Rodríguez Rivera, por su parte, se enfocó en el rol del derecho internacional en el decaimiento de la democracia. Explicó que para ello hay que hablar del periodo antes de 1989 y después del mismo, con la caída del Muro de Berlín. Expuso que antes de 1989 la democracia no era atendida en el Derecho Internacional, pues se consideraba jurisdicción de los estados y que luego de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional aprobó la prohibición de sistemas que traían desigualdad y falta de equidad como los sistemas fascistas.

“La historia es otra después de 1989, ahora vemos cómo la gobernanza democrática se ha convertido en un referente para legitimar nuevos gobiernos y ahí entonces lo importante es cómo vamos a definir ese concepto en el Derecho Internacional.”

En su ponencia, el licenciado Rodríguez Rivera fue más allá del aspecto procesal de la democratización, como lo son las intervenciones, normas y procesos electorales libres y justos, entre otros, haciendo un análisis critico de la democratización por parte de la comunidad internacional. Expuso que se debe hablar de las promesas incumplidas, refiriéndose a las intervenciones para restablecer democracias que luego se convierten en un Estado semiautoritario donde se han perpetuado condiciones de conflicto y un inexistente compromiso real con elecciones libres y justas.

“El impacto imperialista que tiene esta democratización del Derecho Internacional donde se usa la gobernanza democrática como base legal para justificar intervenciones y cambios de régimen . . . hay mucho escepticismo en esta era posmoderna con este movimiento dentro del derecho internacional y es porque la democracia es más que elecciones”.

Finalmente, concluyó su ponencia exponiendo que la democratización por el Derecho Internacional es la última frontera del capitalismo, donde se utiliza como excusa la intervención para democratizar, pero lo que en realidad se protege es el capital y los mercados mientras la desigualdad continúa en crecimiento. Expuso además que, es ahí donde está el origen de la crisis democrática en Puerto Rico y alrededor del mundo.

El segundo panel por su parte, compuesto por el profesor Jorge R. Schmidt Nieto, el licenciado José Colón Morera, la licenciada Emmalid García García, el licenciado William Vázquez Irizarry y la licenciada Cecilia Romany Siaca como moderadora, consistió en una conversación acerca de los desafíos de la democracia y la legislación en tiempos de emergencia.

Para comenzar este conversatorio, la licenciada Romany Siaca hizo una pregunta dirigida al profesor Vázquez Irizarry y a la profesora García García:

¿Qué es lo que implica una Orden Ejecutiva proclamando un estado de emergencia, cuál es el límite que puede tener el gobierno para emitir esa orden?”.

La profesora Emmalid García García reconoció la importancia de este tipo de actividades en los tiempos tan complejos en los que estamos viviendo a nivel político, social y ambiental. Luego, prosiguió con la definición de la orden ejecutiva como un documento que utiliza la Rama Ejecutiva para sentar política pública.

“En términos generales el Gobierno tiene el derecho de velar por la salud y la seguridad de las personas que integran la sociedad.”

Por su parte, el profesor William Vázquez Irizarry habló sobre tres tipos de órdenes ejecutivas declarando estados de emergencia que podemos ver en el contexto de Puerto Rico. Expuso como primer ejemplo la declaración de emergencia ante un huracán, donde se activan disposiciones legales como la congelación de precios, ley seca, uso de fondos, entre otros. Expuso además, que estas son la ordenes menos problemáticas.

“La ley contempla que se active, que se declare la emergencia por parte del gobernador y en ese caso el gobernador o gobernadora cuando actúa estaba haciéndolo porque tiene una clara base legal.”

Sobre el segundo tipo de orden ejecutiva, mencionó que se trata de otra clase de declaración de emergencia con el propósito de mover la inercia burocrática o declarar políticas públicas. Señaló como ejemplo el caso de la declaración de emergencia por la violencia de género. Expuso que, en estos casos la orden va dirigida a “establecer una prioridad en términos del ejercicio de política pública y por parte de todos los organismos dentro de la Rama Ejecutiva para que atiendan ese tema”.En relación con el tercer tipo de orden ejecutiva de estado de emergencia, explicó que se ve reflejada a partir del huracán María, donde se aprobaron órdenes ejecutivas que dejaron leyes sin efecto y permitieron hacer contratos sin tener que cumplir ciertos requisitos.

Además, mencionó el uso de la orden ejecutiva para establecer un toque de queda luego del huracán María, en el periodo de los terremotos y durante la situación de la pandemia. Explicó que al no tener una base legal clara este tipo de orden genera discusión.

“Toda orden pretende tener una base legal, en caso de emergencia el gobernador podrá aprobar las ordenes que sean necesarias.”

IV. Derechos constitucionales afectados

El profesor Vázquez Irizarry expresó que no solo debe hablarse de los derechos individuales, sino también del problema de la separación de poderes, que afecta a la ciudadanía.

La ciudadanía también debe tener entonces un reclamo de que medidas que vayan a afectar sus libertades sean medidas que descansen en el mejor de los casos en una ley clara; podemos tener disputas sobre el contenido de la ley, pero en el proceso legislativo podemos tener la oportunidad de que esa discusión se dé”.

V. Límites válidos de derecho constitucional durante una emergencia

Sobre la interrogante, sobre los límites válidos durante una emergencia, la profesora García García explicó que el Estado puede limitar hasta cierto punto, pues hay derechos individuales que ponen límites. De igual manera expuso que si lo que se intenta prohibir o limitar es con el propósito de proteger a otras personas, el Estado puede establecer dichas normas para que podamos convivir.

“El reto del Estado es buscar la forma de protegernos a todos y respetar el derecho de la persona.”

VI. Utilización válida de las órdenes ejecutivas en estados de emergencia

El profesor Schmidt Nieto, expresó que las órdenes ejecutivas no suelen ser utilizadas para lo que fueron diseñadas y que sus creaciones se dan para poner en marcha política pública.

“Las órdenes ejecutivas no están diseñadas para legislar, están diseñadas para ejecutar, para aplicar, el Estado tiene que darse cuenta de cuáles son los límites y cuál es la función de su decreto que tiene fuerza de ley para los ciudadanos.” 

También explicó que abusar de las órdenes crearía “un estado de normalización del estado de excepción, y que llegaría a convertirse en un régimen de excepción, no de derecho o régimen democrático.”

Sobre la pregunta planteada por la moderadora respecto a los límites cuando se está lidiando con una emergencia y la delegación de poder al Ejecutivo por parte de la Asamblea Legislativa, el profesor Colón Rivera señaló que ante las diversas crisis que se enfrentan al mismo tiempo, surgen otras formas de hacer las cosas dejando atrás lo establecido, resaltando que “una crisis provoca un nuevo estado de derecho autoritario.”

“Le corresponde a la Asamblea Legislativa fijar la política pública y luego de que se fija la política pública y se balancean los intereses . . . entonces la Rama Ejecutiva puede ejercer adecuadamente su función, tomando en cuenta los límites.”

VII. Libertad de expresión

El profesor Vázquez Irizarry explicó que hace falta el acceso de la ciudadanía a la información pública para poder criticar la gestión pública. Planteó que sin la información no puede existir un reclamo por parte de los ciudadanos como parte del ejercicio de la libertad de expresión.

VIII. Democratización y la nueva normalidad postpandemia

Ante la pregunta realizada por una de las personas de la audiencia sobre cómo podemos democratizar y remediar la nueva normalidad postpandemia, el profesor Schmidt Nieto expresó que, si bien es importante la democratización, se necesitan instituciones políticas que funcionen, pues tenemos una administración pública deficiente.

“Nosotros necesitamos instituciones políticas que funcionen. Hay una administración pública deficiente y cada vez que pasan estas emergencias les toman desprevenidos. Tiene que haber unos protocolos para ya saber cómo abordar cosas que se pueden prevenir que se sabe que vienen”.

Criticó no solo la falta de prevención o preparación para enfrentar la pandemia, sino también la falta de planes y logísticas para vacunación y demás procesos postpandemia.

Finalmente, a palabras de la licenciada Romany Siaca, todos los panelistas coinciden en la importancia de la separación de poderes y que no se normalice el estado de excepción.

En el tercer y último día de conferencias de nuestro Simposio: Retos de la democracia puertorriqueña, se presentó el tercer panel compuesto por el licenciado Aníbal Acevedo Vilá, el licenciado Jorge Farinacci Fernós, el licenciado Fernando Atria y el licenciado Hiram Meléndez Juarbe como moderador. Este último conversatorio estuvo dedicado a las reformas constitucionales, una opción para acercarnos a un andamiaje más democrático.

A person wearing glasses

Description automatically generated with medium confidence

Para comenzar la conversación, el exgobernador y profesor Aníbal Acevedo Vilá realizó una presentación donde elaboró una serie de propuestas puntuales para enmendar la Constitución de Puerto Rico. El profesor expuso que, salvo unos cambios relativamente pequeños, tenemos los mismos derechos de 1952.

“Los derechos democráticos limitados de Puerto Rico se congelaron en 1952.”

El profesor Acevedo Vilá estableció tres propuestas ante los cambios políticos y sociales que vivimos actualmente. Como primera propuesta, mencionó requerir una mayoría absoluta con una enmienda constitucional que permita la segunda opción o ranking vote; en segundo lugar, crear el cargo de vicegobernador electo por el pueblo, y en tercer lugar separar la fecha de las elecciones de gobernador, comisionado residente y alcaldes de la elección de los legisladores.

Sobre la mayoría absoluta, expuso que en 1952 se elevó a rango constitucional la norma de mayoría simple y por tanto se requiere una enmienda constitucional. Resaltó que el bipartidismo colapsó y que para cambiar el primer paso es requerir una mayoría absoluta.

“Con el sistema de mayoría simple estamos escogiendo gobernadores cada vez con apoyo del pueblo más reducido.”

Respecto a su segunda propuesta, expresó que en el contexto de 2019 luego de la salida del gobernador Ricardo Rosselló, el pueblo quedó excluido del proceso de quién lo iba a sustituir y expresó que de ocurrir cualquier situación en la actualidad atravesaríamos otra crisis, puesto que no hay otros nombramientos. También comentó que, de crearse el puesto, se le deberían asignar las funciones que tiene el Secretario de Estado. Con relación a la tercera propuesta de separar las elecciones, mencionó que existe un descontento con los legisladores y que existe un desconocimiento sobre los mismos a la hora votar, pues solo se enfocan en las figuras que podemos catalogar como las de poder, es decir, la del gobernador o gobernadora y la de los alcaldes. Por ende, entiende que es necesaria la separación de las elecciones, pues obligaría al electorado a enfocarse.

“Puerto Rico no conoce a sus legisladores y no es culpa del elector ni del candidato. La culpa es del sistema que está diseñado para eso.”

Para concluir su ponencia, el profesor Acevedo Vilá expresó que no hay duda de que existen defectos y debilidades en nuestro sistema democrático y que atravesamos una crisis democrática.

VIII. Reacción a las propuestas

El profesor Farinacci Fernós comenzó explicando que muchas de las propuestas tienen como fin democratizar el sistema político del país y que casi todas requieren una enmienda constitucional. Mencionó que de la misma forma que el sistema político tiene deficiencias democráticas, el sistema para enmendar la constitución tiene similares deficiencias democráticas.

“Para democratizar el sistema hay que cambiar la Constitución, pero para cambiar la Constitución hay que democratizar el mecanismo para enmendar la Constitución y para democratizar el mecanismo de enmienda, hace falta cambiarlo utilizando el mecanismo existente que es poco democrático”.

Expresó que muchas de las deficiencias democráticas del sistema político se encuentran en la forma en que esta concebida actualmente la Rama Legislativa. Planteó que para hacer cambios se necesita el aval de la Asamblea Legislativa, pero que los partidos que la dominan actualmente y que la dominan por las ventajas antidemocráticas del sistema, no tienen incentivo en cambiarlo.  

“¿Cómo romper este nudo gordiano? Hay dos alternativas. Una, creando suficiente fuerza política para lograr que la Asamblea Legislativa consienta a cambios del sistema político, que lo democratice y entonces una Asamblea Legislativa democrática puede a su vez democratizar el Articulo 7. La otra alternativa es igual, crear suficiente fuerza política y social para lograr que la Asamblea Legislativa renuncie a su monopolio sobre el Articulo 7 y entonces usar unos mecanismos de enmienda más democráticos para a su vez democratizar el resto del sistema político.”

Para culminar su ponencia el profesor Farinacci Fernós reaccionó a dos de las propuestas realizadas por Acevedo Vilá. Comentó que sería un puesto inherentemente problemático, y que no haría nada más allá de esperar a que salga por alguna razón el gobernador que esté de turno. También coincide con las propuestas de la doble vuelta en las elecciones y la eliminación de la mayoría simple. Finalizó recomendando explorar la posibilidad de una convención de revisión ilimitada.

“No vamos a lograr democratizar el sistema político de Puerto Rico de enmienda en enmienda”.

Por su parte, el profesor Fernando Atria, abordó lo discutido durante el conversatorio y lo asoció al contexto de Chile. Expresó que el problema del nudo gordiano que mencionó el profesor Farinacci, en Chile se solucionó el 19 de octubre de 2019 cuando hubo una revuelta popular.

“Chile tiene una Constitución políticamente vigente, pero socialmente desahuciada.”

Señaló el profesor Atria que, el problema era que la Constitución permitía su reforma, pero exigía condiciones que hacían políticamente imposible la reforma constitucional.

Por otro lado, destacó las similitudes de las situaciones en Chile con las situaciones en Puerto Rico. Mencionó que Chile tenía un proceso persistente de deslegitimación institucional que se manifestaba por ejemplo en la baja participación electoral, como en el caso de Puerto Rico. Mencionó además los intentos de reformas de enfrentar el problema de deslegitimación y falta de participación ciudadana.

Finalmente, el profesor Atria concluyó su participación explicando la existencia de los procedimientos de reforma constitucional.

“Los procesos de reforma constitucional están diseñados para proteger la Constitución y las decisiones fundamentales en que consiste la Constitución y permitir la reforma de todas”.



* Estudiante de tercer año y Editora Titular del Volumen XC de la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico. Posee un Bachillerato con concentración en Relaciones Laborales de UPR, Río Piedras.

Share.

Comments are closed.

Skip to content