Por: Iván Sánchez Pagán*

Ante la reciente conmutación de la pena del prisionero político Óscar López Rivera, quizás sea razonable entender cómo funciona este poder ejecutivo de otorgar clemencias tanto a nivel federal, como es el caso de López Rivera, como a nivel estatal en Puerto Rico. Entre sus últimos actos como primer mandatario de Puerto Rico, el entonces gobernador Alejandro García Padilla ejerció esta misma facultad, aunque con una reacción pública más severa. A la luz de este escenario, procedemos a hacer una breve discusión de los contornos, el proceso y los últimos indultos en Puerto Rico y los Estados Unidos.

El poder de clemencia e indultos se describe a nivel constitucional en ambas esferas. Aunque redactadas con varios siglos de diferencia, ambas secciones que contemplan esta facultad del ejecutivo, esencialmente disponen la misma capacidad: el presidente o gobernador puede suspender la ejecución de sentencias en casos criminales, conceder indultos, conmutar penas y condonar total o parcialmente por delitos cometidos en violación de las leyes bajo su autoridad.[1] Su redacción aparenta no disponer límites salvo excluir de su alcance convicciones de residenciamientos. Es por tanto que cualquier esfuerzo legislativo para impedir el ejercicio no prosperaría.

El proceso para la solicitud de la clemencia del ejecutivo, aunque con sus leves particularidades, se canaliza prácticamente de la misma manera, ya que en ambas esferas se pide a través de una petición de clemencia ejecutiva. En específico, los pasos requeridos en Puerto Rico son: someter una petición de Clemencia Ejecutiva con dos fotocopias de la petición original, su certificado de antecedentes penales, dos copias certificadas de cada sentencia recaída y dos fotos 2×2.[2] Por otro lado, el proceso a nivel federal es un poco más oneroso: someter una petición a la Oficina del Abogado de Indulto Presidencial, con un periodo mínimo de espera de cinco años para ser considerado, establecer la razón por la cual se hace la petición, entregar cualquier certificado de antecedentes penales previos, y tres referencias de carácter juramentadas.[3] Como destaca el mismo documento informativo del portal federal, “el poder de otorgar indultos lo ostenta el Presidente exclusivamente”.[4]

Esta posición se apoya en jurisprudencia federal, que recalca los inexistentes contornos del poder. En dos decisiones del siglo XIX, el Tribunal Supremo estadounidense reconoce primero que al ejecutivo solamente está confiado el poder de indulto y este es otorgado sin limites. [5] En otra decisión, destaca que la rama legislativa puede intervenir, ya que el poder del presidente no está sujeto a control legislativo. El Congreso no puede limitar el efecto de su indulto, ni excluir de su alcance cualquier tipo de ofensor. La prerrogativa benigna de misericordia reposado en el ejecutivo puede ser encadenada por ninguna restricción legislativa. [6] Surge entonces que la misma rama judicial federal afirma los contornos inexistentes de esta facultad.

Cabe destacar que las acciones del ex presidente Obama no surgen del vacío, sino como una especie de política pública para afrontar los problemas del sistema de prisiones (prison system). Como un compromiso final de su segundo término, el ahora ex presidente Obama ejerció su poder para conmutar un sinnúmero de encarcelados como parte de sus últimas acciones como ejecutivo. Entre estos, se destaca la conmutación de sentencias de más de 1,000 individuos, de los cuales 342 cumplían condena perpetua (life sentences).[7] El énfasis de las últimas acciones bajo este poder constitucional de Obama, explica él mismo, era remediar casos individuales de injusticias. [8] En un artículo de su autoría donde abarca el tópico de forma general, concluye con la siguiente afirmación:

By shifting the narrative to the way clemency can be used to correct injustices in the system – and reminding people of the value of second chances – I worked to reinvigorate the clemency power and to set a precedent that will make it easier for future President, governors, and other public officials to use it for good.[9]

El uso de Obama de esta facultad se puede explicar o entender como un último intento para lidiar con temas que por resistencia legislativa del Congreso republicano no logró transformar como lo fue reforma de prisiones. Por tanto, su uso desmedido en comparación con sus predecesores responde a otras necesidades e intereses del mismo.

Esta discusión se amerita a la luz de los últimos indultos otorgados por el ex gobernador García Padilla y la discusión suscitada por los escogidos para recibir esta clemencia. Igualmente, las últimas concesiones de Obama también generaron controversia, aunque la acogida del indulto de López Rivera en Puerto Rico se pudo catalogar como mayormente positiva. Entre estas últimas concesiones de clemencia de Obama se destaca el controversial caso de la sargenta Chelsea Manning –convicta de varios cargos por divulgación de información confidencial de los Estados Unidos.[10] Entonces quizás se debería subrayar la gran falta de rendición de cuentas que este proceso actualmente tiene.

Ante estos señalamientos, se podría sugerir un ejercicio de autoregulación de este poder si el mismo ejecutivo adopta por orden ejecutiva unas normas que reglamenten este proceso y limitan el carácter discrecional de esta facultad. En conclusión, la adopción de límites procesales de esta facultad casi ilimitada podría evitar las controversias generadas por los últimos actos de clemencia que excarcelaron a López Rivera pero que también liberaron sin mayor cumplimiento de sus penas a varios confinados con vínculos del mundo político local.[11]


*El autor es estudiante de segundo año de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y Redactor Digital de la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico.

[1] U.S. CONST. art. II, §2, cl. 1 (“[The President] shall have Power to grant Reprieves and Pardons for Offenses against the United States, except in Cases of Impeachment”.); CONST. PR art. IV, §4 (“Suspender la ejecución de sentencias en casos criminales, conceder indultos, conmutar penas y condonar total o parcialmente multas y confiscaciones por delitos cometidos en violación de las leyes de Puerto Rico. Esta facultad no se extiende a procesos de residencia”.).

[2]JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA, PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR CLEMENCIA EJECUTIVA, http://www2.pr.gov/agencias/JLBP/Documents/PROCEDIMIENTO%20PARA%20SOLICITARCLE.pdf (última visita 30 de mayo de 2017).

[3]OFFICE OF THE PARDON ATTORNEY, PARDON INFORMATION AND INSTRUCTIONS, https://www.justice.gov/pardon/file/898541/download (última visita 30 de mayo de 2017).

[4] Id.

[5] United States v. Klein, 80 U.S. 128, 147–48 (1871).

[6] Ex parte Garland, 71 U.S. 333, 380 (1866).

[7] Barack Obama, The President’s Role in Advancing Criminal Justice Reform, 130 HARV. L. REV. 811, 837 (2016-2017).

[8] Id. en la pág. 838 (“That’s why I asked my team to look more systematically at how clemency could be used to address particularly unjust sentences in individual cases.”).

[9] Id.

[10] Julie Vitkovskaya, Along with Chelsea Manning, here are the other people who received pardons and commutations from Obama, THE WASHINGTON POST (17 de eenro de 2017), https://www.washingtonpost.com/news/post-nation/wp/2017/01/17/along-with-chelsea-manning-here-are-the-other-people-who-received-pardons-and-commutations-from-obama/?utm_term=.756a9d517cb0 (última visita 30 de mayo de 2017).

[11]Gloria Ruiz Kuilan & Cynthia López Cabán, García Padilla concede 17 indultos, EL NUEVO DÍA (30 de diciembre de 2016), http://www.elnuevodia.com/noticias/locales/nota/garciapadillaconcede16indultos-2276912/ (última visita 30 de mayo de 2017).

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